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Preguntas Frecuentes sobre Poderes y Autorizaciones de Viaje de Menores


Poderes
1. ¿Cuál es la diferencia entre una carta poder, un poder notarial fuera de registro y un poder por escritura pública?
-La carta poder o poder simple es una legalización de firma, no se legaliza el contenido, frecuentemente se utiliza para trámites ante municipalidades, colegios, servicios de agua, luz, telefonía, entre otros. Por lo general la entidad ante quien se presenta se queda el documento, es por esto que se utiliza una sola vez. Tiene 3 meses de vigencia.
-El poder notarial fuera de registro se utiliza mayormente para cobros de dinero de pensiones (alimentos, viudez, cesantías, jubilaciones, orfandad); cobros de dinero entre media UIT a tres UIT (valor UIT en el 2018 es S/. 4,150.00 soles; rectificaciones de oficio de partidas de nacimientos (según la Municipalidad), entre otros. Tiene 1 año de vigencia.
-El poder por escritura pública se utiliza para cualquier trámite de carácter legal, por ejemplo: comprar – vender inmuebles o vehículos, rectificación de partidas de nacimiento a solicitud de parte, administración de inmuebles, juicios de cualquier tipo, entre otros. No tiene vigencia establecida, salvo que el poderdante lo estipule en el documento.
2. ¿Se puede vender inmuebles o vehículos automotores mediante poder notarial fuera de registro o carta poder? 
No, estas operaciones requieren un PODER POR ESCRITURA PÚBLICA.
3. ¿Las rectificaciones de partida de nacimiento se pueden tramitar mediante un poder notarial fuera de registro o una carta poder?
No, igualmente las rectificaciones de partida de nacimiento requieren un PODER POR ESCRITURA PÚBLICA.
4. ¿Qué vigencia tienen los poderes?
-El poder simple tiene una vigencia de tres meses.
-El poder notarial fuera de registro tiene una vigencia de un año.
-El poder por escritura pública no tiene una vigencia establecida, salvo que el poderdante lo estipule en el documento. Si el poder fue inscrito en Registros Públicos, y en alguna entidad le dicen que el poder no está vigente, lo que tiene que solicitar es una VIGENCIA DE PODERES en los Registros Públicos donde lo inscribió. Esta vigencia de poder tiene una vigencia de tres meses.

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