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Poder por escritura pública

​El poder por Escritura Pública se utiliza para disponer de bienes o derechos (por ejemplo: comprar o vender inmuebles o vehículos, administrar inmuebles, intervenir en un proceso judicial, representar ante instituciones públicas o privadas). No tiene vigencia establecida, salvo que se estipule en el documento.

REQUISITOS: 
  1. El trámite es PRESENCIAL. 
  2. Minuta (proyecto o borrador del documento) en formato WORD editable (a computadora), con indicación expresa de las facultades que desea otorgar al apoderado. Se recomienda redactarlo bajo la asesoría de personas con formación jurídica (abogado).                              Puede consultar MODELOS en el siguiente enlace: Modelos de poderes
  3. DNI peruano o documento extranjero del poderdante. En caso de actuar en representación de otra persona natural o jurídica, deberá presentar la vigencia de poderes.
  4. DNI peruano o documento extranjero del apoderado. 
  5. En caso de mayores de 70 años, deberá presentar certificado médico o informe de salud mental debidamente certificado. Si el otorgante no sabe leer o no puede firmar por algún impedimento, deberá intervenir un testigo. En el caso que el solicitante no sea inteligente en el idioma castellano, deberá intervenir además de él un intérprete.
  6. Documentos adicionales relacionados con el otorgamiento de poder.
    • Relativo a inmuebles (casas, departamentos, terrenos) o vehículos: adjuntar ficha de registros públicos donde está inscrito el bien. 
    • Relativo a separación o divorcio: adjuntar acta de matrimonio.
    • Relativo a sucesión intestada: adjuntar acta de defunción del causante.
PROCEDIMIENTO: 
  1. Solicite el trámite a través del correo electrónico escriturapublica@consuladoperusp.com.br , adjuntando una copia de TODOS LOS REQUISITOS, LEGIBLES y con antigüedad no mayor a 3 meses. 
  2. Una vez remitidos TODOS LOS DOCUMENTOS, el trámite pasará a evaluación de un funcionario consular, quien se pondrá en contacto con usted para informar el costo total del trámite y remitirá el enlace para el agendamiento de una cita para la firma del documento en el local del Consulado. La evaluación tomará un plazo máximo de 5 días hábiles. 
  3. El pago podrá realizarse a través de transferencia bancaria o PIX antes de la firma del documento.  
  4. El día de la cita, deberá presentar su DNI o documento de identidad vigente y todos los requisitos en original o una copia certificada. 
  5. Recibirá un testimonio y el primer parte que deberá seguir los siguientes pasos:
LEGALIZACIÓN DE FIRMAS EN EL PERÚ
Para surtir efectos legales en el Perú, el documento debe ser autenticado por la Subdirección de Trámites Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores. 

Deberá acercarse a la oficina del Ministerio de Relaciones Exteriores, ubicado en el Jirón Miro Quesada n.° 263, Cercado de Lima, en el horario de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 2:00 p.m. El costo del trámite es de 0.84% UIT (S/ 33.00) y el pago se realiza en la misma Oficina.

INSCRIPCIÓN DE PODER POR ESCRITURA PÚBLICA 
Se recomienda que la escritura pública extendida ante Consulado peruano sea inscrita ante SUNARP, considerando el contexto de seguridad jurídica. 

Deberá presentar el primer parte, con las firma del funcionario consular debidamente autenticada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores; la solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita disponible en la oficina de SUNARP) y el pago de la tasa registral. El trámite deberá ser realizado ante la Oficina de Registros Públicos correspondiente. 

COSTO:
Tasas consulares: 
Precio base: 
45,00 soles consulares = R$ 247,50
Testimonio: 
16.00 soles consulares + 8.00 soles consulares por hoja adicional (VARIABLE)
Por poderdante/apoderado adicional: 
10.00 soles consulares = R$ 55.00 
* Cada sol consular equivale a US$ 1,00 aproximadamente. La tasa se encuentra sujeta a cambio.

NOTAS:
  • Existen tres tipos de poderes: Poder por Escritura Pública, Poder Fuera de Registro y Carta Poder. Recomendamos consultar a la institución a la que presentará el documento si el poder otorgado será suficiente para las gestiones que desea realizar. Puede hacer consultas a través del correo electrónico: escriturapublica@consuladoperusp.com.br 
  • Antes de firmar la Escritura Pública preparada en la Oficina Consular, se recomienda leer cuidadosamente el contenido de la misma, verificando los datos de identificación del otorgante, así como la declaración de voluntad contenida en ella, ya que una vez firmada, no podrá ser modificada, alterada, ni aclarada, sino a través de otra Escritura Pública.
  • En caso no cuente con su DNI o el mismo se encuentre vencido, podrá realizar su RENOVACIÓN o DUPLICADO el día de su cita.
Central Telefónica:
+55 11 3149-2525 (de preferencia de 14:00 a 17:30 horas)
Emergencias:
+55 11 94716-4747 (No es posible absolver consultas o reservar citas)
Fax:
Correo Electrónico:
contacto@consuladoperusp.com.br
Horario de Atención:
De lunes a viernes de 08:30 a.m. a 01:00 p.m. PREVIA CITA
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