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Poder fuera de registro

El Poder Fuera de Registro se emplea usualmente para realizar gestiones administrativas.
También pueden delegarse facultades para cobro de dinero superior a ½ UIT (S/ 2,675.00)
hasta 3 UIT (S/ 16,050.00) o según lo permita la entidad que efectúa el pago (bancos, AFP, ONP, etc.). 
La vigencia de un poder fuera de registro es de un año. 
REQUISITOS: 

1.El trámite es PRESENCIAL. 
2.Proyecto o borrador en formato WORD editable (a computadora), con indicación expresa de las facultades que desea otorgar al apoderado. Se recomienda redactarlo bajo la asesoría de personas con formación jurídica (abogado).
3.Presentación del documento de identidad del solicitante: DNI vigente  para peruanos,  pasaporte o RG para extranjeros.
4.En caso de actuar en representación de otra persona natural o jurídica, deberá presentar la vigencia de poderes o documento que acredite tal condición.
5.En caso de mayores de 70 años, deberá presentar certificado médico o informe de salud mental debidamente certificado. Si el otorgante no sabe leer o no puede firmar por algún impedimento, deberá intervenir un testigo. En el caso que el solicitante no sea inteligente en el idioma castellano, deberá intervenir además de él un intérprete.
6.Copia del documento de identidad del apoderado: DNI vigente para peruanos,  pasaporte o RG para extranjeros.

COSTO:

Tasa consular: 20,00 soles consulares = R$ 120,00 
Si es para cobro de pensión: 10,00 soles consulares = R$ 60,00
Cada sol consular equivale a US$ 1,00, aproximadamente. La tasa se encuentra sujeta a cambio.

PROCEDIMIENTO: 

1.Solicite el trámite a través del correo electrónico escriturapublica@consuladoperusp.com.br , adjuntando una copia de TODOS LOS REQUISITOS. 
2.Una vez remitidos todos los documentos, el trámite pasará a evaluación de un asistente consular, quien se pondrá en contacto con usted para informar el costo total del trámite y remitirá un enlace para agendar una cita para la firma del documento en el local del Consulado. La evaluación tomará un plazo máximo de 5 días hábiles. 
3.El pago podrá realizarse a través de transferencia bancaria, PIX o efectivo y se realiza el día de la firma del documento.
4. El día de la cita, deberá presentar su DNI o documento de identidad y todos los requisitos en original. 

NOTAS:
•Para surtir efectos legales en el Perú, el documento debe ser autenticado por la Subdirección de Trámites Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores.
 Deberá acercarse a la oficina del Ministerio de Relaciones Exteriores, ubicado en el Jirón Miro Quesada n.° 263, Cercado de Lima. El costo del trámite es de 0.84% UIT y el pago se realiza en la misma Oficina.
•Existen tres tipos de poderes: Poder por Escritura Pública, Poder Fuera de Registro y Carta Poder. Recomendamos consultar previamente si el poder otorgado será suficiente para las gestiones que desea realizar. Puede hacer consultas a través del correo electrónico:
escriturapublica@consuladoperusp.com.br 
•Antes de firmar el poder fuera de registro preparado en el Consulado, se recomienda leer cuidadosamente el contenido de la misma, verificando los datos de identificación del otorgante, así como la declaración de voluntad contenida en ella, ya que una vez firmada, no podrá ser modificada, alterada, ni aclarada, sino a través de otro poder fuera de registro.

Central Telefónica:
+55 11 3509-3900 ( Para consultas)
Emergencias:
+55 11 94716-4747 (Sólo para emergencias,no es posible absolver consultas o reservar citas)
Fax:
Correo Electrónico:
contacto@consuladoperusp.com.br
Horario de Atención:
Lunes, miércoles y viernes de 08:30 a 13:00. Martes y jueves de 08:30 a 13:00 y de 14:00 a 17:00. PREVIA CITA
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