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Inscripción de sentencias o anotaciones

El divorcio de matrimonios celebrados en el exterior y registrados en las Oficinas Consulares, y los procesos notariales/judiciales sobre modificación de un registro civil (nacimiento, matrimonio o defunción) inscrito en una Oficina Consular, deberán concluir con la anotación marginal o textual en la respectiva acta registrada en las oficinas consulares.

REQUISITOS: 
Si NOTARIAL: 
  1. Formato de solicitud
  2. Copia certificada del testimonio notarial, legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  3. Copia simple del acta de registro civil 
Si JUDICIAL: 
  1. Oficio del Juzgado ante el cual se llevó el proceso dirigido al Ministerio de Relaciones Exteriores 
  2. Copias certificada de la Resolución que declara fundada y consentida la causa y otras relacionadas
  3. Copia simple del acta de registro civil 
PROCEDIMIENTO: 
  1. Los requisitos deberán remitirse a la Subdirección de Trámites Consulares a través de la Mesa de Partes del Ministerio de Relaciones Exteriores.
NOTA:
  • Luego podrá solicitar una copia certificada del acta de registro civil con la anotación marginal. Para conocer los requisitos HAGA CLIC AQUÍ
  • Para mayor información puede enviar su consulta al correo electrónico contacto@consuladoperusp.com.br

Central Telefónica:
+55 11 3149-2525 (de preferencia de 14:00 a 17:30 horas)
Emergencias:
+55 11 94716-4747 (No es posible absolver consultas o reservar citas)
Fax:
Correo Electrónico:
contacto@consuladoperusp.com.br
Horario de Atención:
De lunes a viernes de 08:30 a.m. a 01:00 p.m. PREVIA CITA
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