El divorcio de matrimonios celebrados en el exterior y registrados en las Oficinas Consulares, y los procesos notariales/judiciales sobre modificación de un registro civil (nacimiento, matrimonio o defunción) inscrito en una Oficina Consular, deberán concluir con la anotación marginal o textual en la respectiva acta registrada en las oficinas consulares.
REQUISITOS:
Si NOTARIAL:
- Formato de solicitud
- Copia certificada del testimonio notarial, legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Copia simple del acta de registro civil
Si JUDICIAL:
- Oficio del Juzgado ante el cual se llevó el proceso dirigido al Ministerio de Relaciones Exteriores
- Copias certificada de la Resolución que declara fundada y consentida la causa y otras relacionadas
- Copia simple del acta de registro civil
PROCEDIMIENTO:
- Los requisitos deberán remitirse a la Subdirección de Trámites Consulares a través de la Mesa de Partes del Ministerio de Relaciones Exteriores.
NOTA:
- Luego podrá solicitar una copia certificada del acta de registro civil con la anotación marginal. Para conocer los requisitos HAGA CLIC AQUÍ
- Para mayor información puede enviar su consulta al correo electrónico contacto@consuladoperusp.com.br