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Visas

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Nota: Para solicitar visas en las calidades migratorias de Artista, Trabajador Designado, Trabajador Residente, Rentista, profesional Independiente, Estudiante, Religioso, Inversionista e Inmigrante, tenga a bien consultar el siguiente enlace:

Para conocer sí usted requiere de visa para ingresar al Perú, consulte el siguiente enlace:

VISA DE TRANSEÚNTE

Desde el 01 de febrero de 2025, el Perú aplica la visa de transeúnte a todas aquellas personas que requieren hacer tránsito por el país antes de ir a un tercero y no estén exoneradas de requerir visa.
En ese sentido, las personas extranjeras que requieran hacer tránsito en el territorio peruano, y no se encuentren exoneradas, deberán tramitar su visa de transeúnte en un Consulado General.
Este Consulado General solo atiende casos de residentes en nuestra circunscripción, quienes deberán solicitar los requisitos a través del correo electrónico: tramites@consuladoperurio.com.br







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Central Telefónica:
(5521) 2551-4496
(5521) 2551-9596
(5521) 2551-6489
(5521) 3264-2002
Emergencias:
(+5521) 99695-2590 Recibe llamadas y mensajes por Whatsapp. Sólo emergencias. No se absuelve consultas
Fax:
(5521) 2551-9596

WhatsApp:
(Solo emergencias, no trámites)

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Correo Electrónico:
consulado@consuladoperurio.com.br
Horario de Atención:
De Lunes a Viernes
de 09:00 - 15:00 horas (público)