Nota: Para solicitar visas en las calidades migratorias de Artista, Trabajador Designado, Trabajador Residente, Rentista, profesional Independiente, Estudiante,
Religioso, Inversionista e Inmigrante, tenga a bien consultar el siguiente enlace:
Para conocer sí usted requiere de visa para ingresar al Perú, consulte el siguiente enlace:
VISA DE TRANSEÚNTE
Desde el 01 de febrero de 2025, el Perú aplica la visa de transeúnte a todas aquellas personas que requieren hacer tránsito por el país antes de ir a un tercero y no estén exoneradas de requerir visa.
En ese sentido, las personas extranjeras que requieran hacer tránsito en el territorio peruano, y no se encuentren exoneradas, deberán tramitar su visa de transeúnte en un Consulado General.
Este Consulado General solo atiende casos de residentes en nuestra circunscripción, quienes deberán solicitar los requisitos a través del correo electrónico: tramites@consuladoperurio.com.br