La Autorización de Viaje de menor es un acta que
contiene la declaración de voluntad de los padres, o de uno de ellos, de
autorizar el viaje de su hijo menor de edad desde el Perú a terceros países, ya
sea solo o acompañado. Dicha Acta deberá ser presentada en el aeropuerto, al
momento del viaje, previamente legalizada en el Ministerio de Relaciones
Exteriores del Perú, cuando emitida en un Consulado del Perú.
Si el menor viaja solo, la autorización notarial debe ser realizada por ambos
padres.
Si el menor viaja con el padre, la autorización notarial debe ser realizada por
la madre (o viceversa).
En caso de orfandad de parte de uno de los padres, puede realizarlo el padre
superviviente, presentando además acta de defunción correspondiente.
También procede por parte de uno de los padres siempre que este sea el único
que haya reconocido legalmente al menor, lo cual deberá acreditarse con el acta
de nacimiento.
Requisitos
1. Presentar DNI del
solicitante o de los solicitantes.
En caso de ser extranjero, presentar carnet
de identidad respectivo o pasaporte.
2. Menor Peruano: copia de DNI
o Copia certificada del Acta de Nacimiento del menor de edad. Caso no cuente con el Acta de nacimiento peruana, favor seguir al siguiente enlace: RENIEC - copia de Actas / Partidas
3. Menor inscrito en la
Oficina Consular: El consulado proporcionará el acta de nacimiento, a pedido
del declarante del menor.
4. Menor Extranjero: Presentar
copia del Carné de extranjería, pasaporte del menor y partida de
nacimiento.
5. Itinerario y fechas del
viaje (Copia del pasaje aéreo).
6. Nombre completo y
parentesco del acompañante.
7. DNI y/o Pasaporte del
acompañante.
Tarifa
Autorización de Viaje de Menor: Tarifa 14 (Ver valores en: Tarifas Consulares):
Formas de pago
- Considere que la forma de pago con la que
trabajamos es:
PIX: CNPJ - 04362468000187
Banco Rendimento (código banco:
633)
Agencia:
0001-9
Cuenta Corriente:
046593300-6
a nombre
de: "Cons Peru RJ Ingressos Consulares".
Procedimiento
Al concluir el trámite surgen dos opciones para el solicitante:
· El Consulado entrega la Autorización de Viaje al
solicitante para que este lo envíe, en original, al Perú; o
· Una vez realizado el trámite, el Consulado podría remitir
la Autorización de Viaje al Ministerio de Relaciones Exteriores, a través del servicio
de envío virtual (servicio con costo, que deberán asumir los interesados en
el Perú).
Caso elija este servicio,
será necesario lo siguiente:
- El solicitante deberá designar a una persona
autorizada para recoger el documento, informando en el Consulado el nombre
completo, Nº de DNI, dirección, número de celular y correo electrónico.
- En el Perú, la persona designada a recoger la Autorización
de Viaje deberá efectuar un pago de USD 31.25 dólares estadounidenses
por su emisión, además de efectuar el trámite de legalización de firma para
su uso en el Perú, cuyo costo asciende a S/. 31.00 soles.
Importante
La Autorización de Viaje de Menor sólo se otorga contándose con el mutuo
acuerdo de ambos padres que ejercen la patria potestad. A falta de acuerdo, la
Autorización de Viaje de menor se concederá por un Juez de Familia, así como en
los casos de ausencia, desaparición o muerte presunta o abandono de uno de los
padres.
Validez
90 días desde su fecha de
expedición.