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Autorización de viaje de menor de edad

La Autorización de Viaje de menor es un acta que contiene la declaración de voluntad de los padres, o de uno de ellos, de autorizar el viaje de su hijo menor de edad desde el Perú a terceros países, ya sea solo o acompañado. Dicha Acta deberá ser presentada en el aeropuerto, al momento del viaje, previamente legalizada en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, cuando emitida en un Consulado del Perú.


Si el menor viaja solo, la autorización notarial debe ser realizada por ambos padres.


Si el menor viaja con el padre, la autorización notarial debe ser realizada por la madre (o viceversa).

En caso de orfandad de parte de uno de los padres, puede realizarlo el padre superviviente, presentando además acta de defunción correspondiente.


También procede por parte de uno de los padres siempre que este sea el único que haya reconocido legalmente al menor, lo cual deberá acreditarse con el acta de nacimiento.

 

Requisitos


       1.   Presentar DNI del solicitante o de los solicitantes. 

             En caso de ser extranjero, presentar carnet de identidad respectivo o pasaporte.


2.   Menor Peruano: copia de DNI o Copia certificada del Acta de Nacimiento del menor de edad. Caso no cuente con el Acta de nacimiento peruana, favor seguir al siguiente enlace: RENIEC - copia de Actas / Partidas​

3.     Menor inscrito en la Oficina Consular: El consulado proporcionará el acta de nacimiento, a pedido del declarante del menor.

4.    Menor Extranjero: Presentar copia del Carné de extranjería, pasaporte del menor y partida de nacimiento. 

5.     Itinerario y fechas del viaje (Copia del pasaje aéreo).

6.     Nombre completo y parentesco del acompañante.

7.     DNI y/o Pasaporte del acompañante.

Tarifa

 

Autorización de Viaje de Menor: Tarifa 14  (Ver valores en: Tarifas Consulares​​​​​​):

 

Formas de pago

 

  • Considere que la forma de pago con la que trabajamos es:

PIX: CNPJ - 04362468000187

Banco Rendimento (código banco: 633)

Agencia: 0001-9

Cuenta Corriente: 046593300-6

a nombre de: "Cons Peru RJ Ingressos Consulares".

 

 

Procedimiento

 

Al concluir el trámite surgen dos opciones para el solicitante:

·    El Consulado entrega la Autorización de Viaje al solicitante para que este lo envíe, en original, al Perú; o

·    Una vez realizado el trámite, el Consulado podría remitir la Autorización de Viaje al Ministerio de Relaciones Exteriores, a través del servicio de envío virtual (servicio con costo, que deberán asumir los interesados en el Perú).

 

Caso elija este servicio, será necesario lo siguiente:

-   El solicitante deberá designar a una persona autorizada para recoger el documento, informando en el Consulado el nombre completo, Nº de DNI, dirección, número de celular y correo electrónico.

-    En el Perú, la persona designada a recoger la Autorización de Viaje deberá efectuar un pago de USD 31.25 dólares estadounidenses por su emisión, además de efectuar el trámite de legalización de firma para su uso en el Perú, cuyo costo asciende a S/. 31.00 soles.

 

Importante

 

La Autorización de Viaje de Menor sólo se otorga contándose con el mutuo acuerdo de ambos padres que ejercen la patria potestad. A falta de acuerdo, la Autorización de Viaje de menor se concederá por un Juez de Familia, así como en los casos de ausencia, desaparición o muerte presunta o abandono de uno de los padres.

 

Validez

60 días desde su fecha de expedición.

 

 

 

​ ​

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