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Documentos necesarios para la inscripción de nacimiento Mayores de 18 años

 

Rio de Janeiro, 9 mayo de 2018
 
Documentos necesarios para la inscripción de nacimiento
Mayores de 18 años - Modificación del artículo 52 de la Constitución
 
El Consulado del Perú en Río de Janeiro informa, que a partir de la fecha se podrá realizar el registro de nacimiento de los peruanos mayores de 18 años, nacidos en el exterior, hijos de padre y/o madre peruano, y que no fueron inscritos durante su minoría de edad.
 
Los documentos requeridos para el registro son los siguientes:
 
1)Formulario de solicitud de inscripción. En caso el registro lo realice el titular, deberá llenar el “formulario 2” y, en caso la inscripción la realice uno o ambos padres, deberá utilizar el “formulario 3”. Ambos formularios se adjuntan al presente.
 
2)Partida de Nacimientooriginal del titular, emitida por la autoridad local competente.
 
3)Documento que acredite que el padre y/o la madre es “peruano por nacimiento”, por haber:
a)Nacido en el Perú, con su Partida de Nacimiento del Registro Civil ó DNI donde figura su lugar de nacimiento en el Perú; ó
b)Nacido en el exterior, hijo de “padre o madre peruano por nacimiento”, inscrito en Registro del Estado Civil, Sección Nacimientos (Partida de Nacimiento) o en el Registro de Peruanos Nacidos en el Extranjero (Título de PNE).
 
4)Documento de identidadde los padres y declarantes. En el caso de peruanos, de ser posible, deberán identificarse con DNI. Los declarantes pueden ser:
a)Ambos padres
b)Cualquiera de los dos padres, al margen de su nacionalidad
c)Titular
d)En caso de imposibilidad comprobada del titular podrán solicitar la inscripción las siguientes personas: El curador  ó el apoderado con carta poder Apostillada o Legalizada por una Oficina Consular peruana.
 
En caso de muerte del titular:
 
a)El o la conyugue (independientemente de la nacionalidad)
b)Los hijos o quien los represente si son menores de edad (Apoderado)
 
*Obs.: Cabe indicar que el registro no conlleva “reconocimiento de paternidad o maternidad” para efectos civiles, salvo que sea hijo matrimonial o el acta este firmada por ambos padres.
 
Para una mejor atención a los connacionales interesados en realizar este trámite deberán enviar escaneados al correo electrónico: tramites@consuladoperurio.com.brlos requisitos mencionados. Una vez recibido el email de conformidad de los documentos antes enviados, se coordinará la cita correspondiente para el registro.
 
Para informaciones adicionales, comunicarse al: (21) 2551-4496 / (21) 2551-9596. Anexo 7
 
Cabe indicar que tanto este trámite como la primera copia de la partida de nacimiento es gratuita.
 
Es del caso anotar que las precitadas normas disponen que este derecho es reconocido solo a los descendientes hasta la “tercera generación”, es decir a los nietos consanguíneos.
 
Cordialmente,
 
Consulado General del Perú
en Río de Janeiro