¿Qué es un Poder por Escritura Pública?
Es un documento mediante el cual se delega facultades de representación a uno o
varios apoderados para realizar los siguientes trámites:
- compra venta de bienes muebles e inmuebles (identificarlos con el número de
ficha registral),
- gestiones bancarias (apertura o cierre de cuentas bancarias, retiros,
transferencias, etc),
- compra venta de auto (incluir los datos de la tarjeta de propiedad),
- divorcios,
- sucesión intestada,
- rectificación de partidas en la vía judicial,
- inscripción de títulos de propiedad en los registros públicos,
- reconocimiento de sentencias extranjeras (exequatur),
- renuncia a la nacionalidad (viable a partir de los 18 años, deberá entregar
el DNI y Pasaporte),
- juicios en general, entre otros.
¿Cómo puedo sacar una cita para hacer el trámite?
La atención de las Escrituras Públicas en el Consulado es mediante cita previa.
Los interesados deberán solicitar la cita adjuntando el texto de la Minuta de
otorgamiento de Poder (texto donde se establecen las cláusulas que contienen
las facultades a delegar) en formato Word, a través del siguiente enlace:

Correo electrónico para consultas: escrituras@consulado-peru.com
¿Cuáles son los pasos
a seguir después de la programación de la cita por la página web?
- Días antes de su cita programada, los responsables del
área de Escrituras Públicas le enviarán al correo electrónico que consignó al
momento de hacer su cita, su Proyecto de Escritura Pública para su última
revisión, así como el costo de la misma.
- Una vez revisado el proyecto, deberá responder dicho
correo dando su CONFORMIDAD. (Si no responde dando Conformidad,
lamentablemente su cita será CANCELADA).
- El día de su Cita, deberá presentarse diez (10)
minutos antes de la hora programada con su documento de identificación (el
mismo que utilizó para la elaboración de su Escritura). Sin la presentación de
dicho documento NO PODRÁ SER ATENDIDO.
- El mismo día de su Cita, después de firmar y cancelar
el costo de su Escritura Pública, se le entregará dos ejemplares de la misma:
- El Testimonio, que es el documento para sus archivos y
- El Primer Parte, que es el documento que deberá ser enviado al Perú, primero al Área de
Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y luego deberá ser
llevado a la SUNARP (Superintendencia Nacional de los Registros
Públicos) para su debida inscripción.
No olvide que el pago solamente se hace en EFECTIVO
(monto exacto) o Money Order.
Modelos de Minutas
- Los funcionarios consulares
no redactan minutas de las Escrituras Públicas.
- El Consulado General del Perú en Miami le brinda los
siguientes modelos referenciales para ser usados bajo su completa
responsabilidad.
- Si usted tiene necesidades de representación que no
están contenidas en los modelos, nos permitimos sugerir que acuda a un abogado
para la redacción de la minuta de escritura pública o que obtenga asesoría a
través de sus apoderados en las instituciones y/o notarías correspondientes.
Modelos:
EEPP - Aclaratoria de Poder.doc
EEPP - Poder administración de inmuebles.doc
EEPP - Poder amplio detallado.doc
EEPP - Poder autorización de viaje menores - Pasaporte.doc
EEPP - Poder autorización de viaje y pasaporte menores de edad.doc
EEPP - Poder divorcio judicial.doc
EEPP - Poder divorcio notarial – Municipal.doc
EEPP - Poder general bienes, procesos judiciales y operaciones bancarias.doc
EEPP - Poder sucesión intestada.doc
EEPP - Poder venta de auto.doc
EEPP - Poder venta de herencia por sucesión intestada.doc
EEPP - Poder venta de inmueble.doc
EEPP - Reconocimiento de sentencia extranjera - Exequatur.doc
EEPP - Renuncia a la nacionalidad.doc
EEPP - Revocatoria de poder.doc
EEPP - Personas Jurídicas - Declaración Jurada.docx
EEPP - Personas Jurídicas - Formato de poder empresa.doc
Tener en cuenta:
- Si durante la revisión de la documentación consignada al momento de hacer la cita, la cual será realizada por un funcionario consular designado, existiese algún dato o documento faltante, usted recibirá un correo electrónico donde se le solicitará dicha información, el cual deberá responder por lo menos 02 (dos) días hábiles antes de su cita programada.
- El poderdante asume la responsabilidad de verificar
que los datos consignados tales como: nombre, apellidos, estado civil,
ocupación, dirección, identificación, son los correctos.
- Cualquier error invalida un documento de escritura
pública y toda modificación o rectificación requerirá del otorgamiento de una
nueva escritura pública, de acuerdo con el artículo Nº 48 de la Ley del
Notariado y 447 del Reglamento Consular del Perú.