Poder Fuera de Registro
Mediante esta formalidad del poder se puede facultar a una a persona a realizar solo gestiones administrativas. También pueden delegarse
facultades para el cobro de ciertos montos de dinero (hasta 3 UIT(1)) o, según lo permita la entidad que efectúa el pago (bancos, AFP, ONP etc.),
por ello se recomienda consultar antes de su otorgamiento con la entidad pública o privada donde será presentado.
Plazo
Tiene una vigencia de un (1) año.
Requisitos
- DNI vigente para ciudadanos peruanos. En el caso de ciudadanos extranjeros, carnet de extranjería vigente.
- Señalar los nombres, apellidos y número de documento de identidad de la persona a favor de quien se extiende el poder.
- Describir o detallar las facultades que desea otorgar a través del poder, con indicación de la entidad o entidades donde será presentado el poder.
Poder Fuera de Registro para cobro de pensión de jubilación
Las personas que deseen tramitar un poder para el cobro de pensión pueden solicitar su cita a través del presente formulario. A través de este formulario virtual proporcionaran los datos necesarios para realizar el trámite y remitirán el justificante de pago. Luego se les contactará para citarlos.
Se precisa que este servicio es sólo para pensionistas.
Costo |
25 Soles Consulares 25 euros
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10 Soles Consulares (2) |
10 euros (2) |
(*) Un Sol
Consular equivale a 1 Euro. El pago se realizaen las oficinas de este Consulado General. |
Carta poder con firma legalizada
Mediante este poder se puede facultar a una a persona a realizar sólo gestiones administrativas; así como para el cobro de sumas mínimas de dinero (hasta 1/2 UIT(1)) lo que deberá consultarse previamente con la autoridad que efectúa el pago (bancos, AFP, ONP etc.). Este documento es íntegramente redactado por el otorgante y posteriormente legalizado en la Oficina Consular competente.
Plazo
Tiene una vigencia de tres (3) meses.
- Presentar la carta poder redactada previamente por el otorgante, sin firma del otorgante (la firma será efectuada en presencia del funcionario consular encargado).
- Tratándose de ciudadanos peruanos, deberán presentarse portando su Documento Nacional de Identidad (DNI); y, en el caso de ciudadanos extranjeros, deberán presentarse portando su pasaporte o carnet de extranjería vigentes.
Costo |
20 Soles Consulares (3) |
20 euros (3) |
10 Soles Consulares (2) |
10 euros (2) |
(*) Un Sol
Consular equivale a 1 Euro. El pago se realiza en las oficinas de este Consulado General. |
(1) Valor 2017 - UIT - 4,050 soles
(2) Costo aplicable cuando el poder esté destinado únicamente al cobro de la pensión de jubilación del poderdante.
(3) La tarifa se aplica por la legalización de una firma.