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Rectificación de actas

Las actas de nacimiento, matrimonio o defunción que contengan un error u omisión atribuible al registrador consular, podrán ser rectificadas en el Consulado donde se encuentren registrados.

Requisitos:
  • Documento de identidad del solicitante, si es ciudadano peruano DNI, si es ciudadano extranjero el documento que lo identifique en el extranjero.
  • En caso de que el solicitante no sea el titular del acta, deberá presentar además;
    • Acta de nacimiento o matrimonio, que compruebe su vínculo con el titular.
    • Poder o documento peruano que compruebe haber sido designado como tutor o curador
  • Documento de identidad del solicitante, si es ciudadano peruano DNI, si es ciudadano extranjero el documento que lo identifique en el extranjero.
  • Documento o documentos que prueben el error 

Nota:
  • La solicitud de rectificación sólo podrá ser presentada por :
    • El titular del acta;
    • Los padres, hermanos, cónyuge, hijos del titular o;
    • El Apoderado, tutor o curador del titular
  • Una vez rectificada, el interesado podrá solicitar copia del acta con la anotación de rectificación; siguiendo el procedimiento de solicitud de copias certificadas, cuyo costo es 6 euros.
Plazos:
  • El proceso de rectificación se efectúa dentro de los cinco (05) días hábiles, contados desde la presentación de la solicitud.
Costo
Gratis


La presente información responde a casos generales. Si Ud. requiere información específica no resuelta en esta página acceder a Preguntas Frecuentes o consultarla a la Oficina Consular.

 

Central Telefónica:
0034-91-5629022
0034-91-5629012 (No se reservan citas consulares)
Emergencias:
0034-669701608 (No se absolverán consultas ni se reservan citas por este medio)
Fax:
0034-91-5629111
Correo Electrónico:
info@consuladoperumadrid.org
Horario de Atención:
De L a V de 08:30-13:00 h
Cta. bancaria:
ES48-0049-2663-3226-1430-6281 – BANCO SANTANDER