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Defunciones

​​​La defunción de ciudadanos peruanos podrá ser inscrita en las Oficinas Consulares ubicadas en el país donde ocurrió el fallecimiento.

Requisitos:
  • Acta de defunción expedida por el Registro Civil español correspondiente y, de ser el caso, su traducción oficial, al castellano. Si el origen del Acta de defunción es de un Registro Civil fuera de la jurisdicción consular (Comunidad de Madrid, Castilla-La Mancha y Extremadura), ésta deberá estar apostillada.
  • Documento de Identidad peruano (DNI o Pasaporte o Partida de nacimiento) del fallecido.
  • El trámite de registro de defunción puede efectuarlo cualquier persona (peruano o extranjero) quien deberá identificarse con su DNI.  No es necesario tener parentesco con el fallecido.
Plazo de entrega:
  • Luego del Registro, la Oficina Consular entregará una (1) copia certificada gratuita del acta de defunción. Si desea una copia adicional, deberá abonar 6 euros.
  • Los documentos para la repatriación de un cadáver se entregan el mismo día de la recepción.  Para mayor información de sobre repatriación de fallecidos acceder a:aquí.
Costo del trámite:
Gratuito

Nota:
Costo
Gratis


 
Central Telefónica:
0034-91-5629022
0034-91-5629012 (No se reservan citas consulares)
Emergencias:
0034-669701608 (No se absolverán consultas ni se reservan citas por este medio)
Fax:
0034-91-5629111
Correo Electrónico:
info@consuladoperumadrid.org
Horario de Atención:
De L a V de 08:30-14:00 h
Cta. bancaria:
IBAN ES37-0128-0023-1501-0006-6374 - BANKINTER