El nacional peruano mayor de edad que se encuentre en el extranjero y que no cuente con pasaporte peruano, podrá solicitar su pasaporte electrónico ordinario en cualquier Oficina Consular del Perú en el exterior.
Requisitos
- Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Deberá estar previamente inscrito en el Registro Consular, puede verificarlo a través del siguiente enlace: https://www.consuladoperumadrid.org/inscripcion-consular/ en caso contrario, Registrarse
- No es necesario proporcionar una fotografía. Se le tomará en el Consulado.
Mayores de edad con incapacidad legal
Adicionalmente a los requisitos anteriores, el nacional mayor de edad incapaz legalmente, deberá presentarse acompañado de su representante legal, quien a su vez deberá:
- Identificarse con DNI si es peruano, o documento que oficialmente lo identifique en el país donde se encuentre, si es extranjero.
- Presentar copia actualizada del documento mediante el cual se le nombre representante legal del solicitante.
- En caso de haber obtenido la declaración de curatela por autoridad peruana, se admitirá copia del registro de dicho nombramiento en el Registro de Personas Naturales de la Oficina Registral correspondiente de la SUNARP. Para el caso de lo establecido en la Ley Nº 29973 -Ley General de la Persona con Discapacidad, respecto de los hijos mayores de edad con discapacidad, se debe presentar el certificado de discapacidad que acredita la condición de persona con discapacidad, de conformidad con dicha norma legal.
- En caso de haber obtenido la declaración de autoridad extranjera, el pasaporte sólo podrá ser tramitado por el Consulado del Perú que cuente con la circunscripción en el territorio donde se haya dictaminado la representación legal del titular incapaz. El Consulado General del Perú en Madrid tiene circunscripción en las comunidades autónomas de Madrid, Castilla-La Mancha y Extremadura.
Nota
- El trámite es presencial e individual.
- La vigencia del pasaporte es de diez (10) años.
- El plazo máximo para recoger su pasaporte es de 240 días contados a partir de su llegada a esta Misión Consular. Cumplido dicho plazo se procederá a cancelar la titularidad del documento de viaje y remitirlo al Ministerio de Relaciones Exteriores para su eliminación (Decreto Supremo Nº 045-2024-RE).
Costo |
70 Soles Consulares (70,00 euros) |
(*) Un Sol
Consular equivale a 1 Euro. El pago se realiza en las oficinas de este Consulado General Tarifas Consulares |
La presente
información responde a casos generales. Si Ud. requiere información específica
no resuelta en esta página, deberá consultarla a las Oficinas
Consulares.