El Certificado de Supervivencia es el documento a través del cual el funcionario consular certifica la “existencia” física de una persona que reside o está temporalmente fuera del país.
Requisitos
- El trámite es presencial.
- Para peruanos: Documento
Nacional de Identidad (DNI); y,
- Para extranjeros: Documento de identidad usado en España o pasaporte, ambos originales.
- Debe estar inscrito en el Registro Consular (trámite presencial). Ver requisitos.
Nota
En el documento se certificará la supervivencia con la misma fecha del Certificado de Fe de Vida y Estado o certificado oficial médico remitido por el solicitante.
Costo |
1 Sol Consular (*) 1 euro
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(*) Un Sol
Consular equivale a 1 euro. Para equivalencias en moneda local, ver sección
Tarifas Consulares |
La presente
información responde a casos generales. Si Ud. requiere información específica
no resuelta en esta página acceder a Preguntas Frecuentes o consultarla a las Oficinas Consulares.