| 7.- ¿Qué requisitos debo cumplir para otorgar una escritura pública en el Consulado del Perú? | Usted debe: - Ser mayor de edad , salvo excepciones contempladas en la ley.
- Tener capacidad de ejercicio de sus derechos civiles (No tener impedimento legal para otorgar Escritura Pública). En su defecto, deberá actuar acompañado de su representante legal.
- Tener suficiente entendimiento del acto a realizar y estar en las condiciones mentales indispensables para poder obligarse mediante la escritura pública que suscribe.
- Poder firmar. Si el otorgante no puede leer o no puede firmar por algún impedimento, deberá intervenir un testigo que conozca el idioma castellano y que firmara “a ruego” por él. El testigo deberá concurrir a la Oficina Consular portando su documento de identidad conjuntamente con el solicitante (puede ser no peruano), quien colocará su huella digital sobre la escritura pública.
- En el caso que el solicitante no sea inteligente en el idioma castellano, deberá intervenir además de él un intérprete, quien deberá presentarse conjuntamente con el solicitante a la Oficina Consular portando su documento de identidad.
- Si es peruano, debe tener su DNI peruano. Si es extranjero su DNI español y/o pasaporte.
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