El día de su cita a usted se le dará un “parte” que es un oficio dirigido a los Registros Públicos en el que consta la transcripción íntegra de la Escritura Pública. A su solicitud, se le expedirá un “testimonio”, transcripción íntegra de la Escritura Pública, que servirá como copia certificada para usted. Consulte a su abogado o apoderado si necesitará un testimonio. |