Omitir los comandos de cinta
Saltar al contenido principal
Desplazarse hacia arriba
Inicio de sesión

Precisiones sobre el ingreso a España

ingreso.jpg


Ante algunas consultas recibidas, hacemos llegar información detallada sobre el ingreso a territorio español a partir del 7 de junio de 2021
  • Los ciudadanos peruanos que ingresen a España como turistas, están autorizados a viajar siempre que cuenten con el ciclo o pauta de vacunación completa con una antigüedad mínima de catorce (14) días.  Para ello, deberán estar provistos de un certificado de vacunación reconocido por el Ministerio de Sanidad del Reino de España (vacunas Pfizer-Biontech, Moderna, Astra-Zeneca, Jansen/Johnson&Johnson, Sinovac y Sinopharm). Sólo para estos casos, no será necesaria la autorización previa de entrada que otorga la Agregaduría de Interior de la Embajada de España en el Perú. 
  • Los ciudadanos peruanos que ingresen a España como turistas (con la pauta completa de vacunación) deberán de llenar antes de su salida un formulario de control sanitario a través de la web www.spth.gob.es y en el mismo introducir los datos del certificado de vacunación. El llenado del formulario generará un código QR individualizado que el pasajero deberá presentar a la compañía aérea antes del embarque, así como realizar los controles sanitarios en el punto de entrada a España.  
  • Los pasajeros menores de 12 años quedan exentos de la presentación de estos certificados. No obstante, deberán estar en posesión del código QR obtenido tras el llenado del formulario de control sanitario a través de SpTH. Los menores entre los 13 y los 18 años tendrán que cumplir los mismos requisitos que los adultos para viajar como turistas, es decir, contar con el certificado de vacunación. 
  • Los pasajeros que viajan por motivos no esenciales (turismo) y no cuenten con la pauta de vacunación completa no podrán ingresar a territorio español. 
  • Los pasajeros que viajan por motivos esenciales previstos en la Orden INT/552/2021, de 4 de junio, deberán obtener previamente la autorización de entrada que otorga la Agregaduría de Interior de la Embajada de España en el Perú. 
  • Los pasajeros en tránsito con destino final a otro país, no deberán presentar certificado alguno si se mantienen dentro de la zona internacional del aeropuerto. Si el transito implica el paso por los centros de control fronterizo y por tanto la entrada en territorio español, deberán presentar su QR TRÁNSITO, la tarjeta de embarque o billete de compra del siguiente o siguientes vuelos de la conexión para demostrar que el destino final es internacional, y podrán continuar su viaje, siempre y cuando el tránsito tenga una duración inferior a 24 horas y no se salga del aeropuerto. 
  • Cabe precisar que todas estas medidas son evaluadas periódicamente. Mayor información en:  https://bit.ly/3cCMdLQ 
  • Se adjunta la Orden INT/552/2021, de 4 de junio, por la que se modifica la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Asimismo, se adjunta la Resolución de 4 de junio de 2021, de la Dirección General de Salud Pública, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España.  
Descargar desde los siguientes enlaces:
Orden INT/552/2021
Resolución 4





​ ​







​​​
Central Telefónica:
0034-91-5629022
0034-91-5629012 (No se reservan citas consulares)
Emergencias:
0034-669701608 (No se absolverán consultas ni se reservan citas por este medio)
Fax:
0034-91-5629111
Correo Electrónico:
info@consuladoperumadrid.org
Horario de Atención:
De L a V de 08:30-14:00 h
Cta. bancaria:
IBAN ES37-0128-0023-1501-0006-6374 - BANKINTER