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TRÁMITE DE SOLICITUD DE JUSTIFICACIÓN A LA INASISTENCIA AL CARGO DE MIEMBRO DE MESA

Sólo en caso de enfermedad, debidamente acreditada con el certificado expedido, justificar su inasistencia ante la respectiva Oficina Descentralizada de Procesos Electorales; para ese efecto, debe presentar el certificado desde el día siguiente de la publicación definitiva de la relación de Miembros de Mesa y hasta antes de los cinco (5) días naturales previos a la fecha de la elección, consulta popular y/o referéndum.

Excepcionalmente, lo puede hacer al día siguiente de la fecha de la elección ante el Jurado Electoral Especial o al Jurado Nacional de Elecciones (Artículo 253° de la Ley N ° 26859, Ley Orgánica de Elecciones).

Descarga el Formulario P2 (Solicitud de excusa o justificación al cargo de miembro de mesa) en el siguiente enlace:

Correo electrónico:

elecciones@consuladoperubaires.org

Fecha de Publicación: 27/02/2026
  

El cargo de miembro de mesa es irrenunciable, salvo los casos de notorio o grave impedimento físico o mental, necesidad de ausentarse del territorio de la República, estar incurso en una de las incompatibilidades señaladas en la ley o ser mayor de sesenta y cinco (65) años.

La excusa sólo puede formularse por escrito, sustentada con prueba instrumental, hasta cinco (5) días hábiles después de efectuada la publicación de las listas definitivas de miembros de mesa, cumplido el plazo para las solicitudes de tacha a miembros de mesa.

De conformidad con los artículos 57° y 58° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y la Ley Nº 32058, que modifica el artículo 58° de la misma.

Descarga el Formulario P2 (Solicitud de excusa o justificación al cargo de miembro de mesa) en el siguiente enlace: 

FORMULARIO P2 2026 JUSTIFICACIÓN O EXCUSA.docxFORMULARIO P2 2026 JUSTIFICACIÓN O EXCUSA.docx

Correo electrónico:

 elecciones@consuladoperubaires.org

Fecha de Publicación: 27/02/2026
  


El Consulado General del Perú en Buenos Aires comparte la relación definitiva de los miembros titulares y suplentes de las mesas electorales a instalarse en Buenos Aires:

CONPER BAIRES LISTA DEFINITIVA MIEMBROS DE MESA.pdf

Fecha de Publicación: 26/02/2026
  

AFICHE ENLACE MESA DE VOTACIÓN SOLO.jpeg

Fecha de Publicación: 26/02/2026
  

AFICHE LOCALES DE VOTACIÓN Y ENLACE LOCAL DE VOTACIÓN.jpeg

Fecha de Publicación: 26/02/2026
  

ELECCIONES GENERALES 2026

PREGUNTAS FRECUENTES

1. ¿A qué autoridades se van a elegir en las Elecciones Generales 2026?

• Presidente y dos vicepresidentes de la República.

• Senadores: Conforme a la Ley 31988 y la Resolución 0053-2025-JNE, el Senado tiene sesenta (60) senadores, de los cuales uno (1) será elegido por la circunscripción de Peruanos en el Exterior (PEX). Los peruanos en el exterior, además, también votan por los senadores que se eligen a nivel nacional.

• Diputados: Conforme a la Ley 31988 y la Resolución 0053-2025-JNE, la Cámara de Diputados tiene ciento treinta (130) representantes, de los cuales dos (2) serán elegidos por la circunscripción de Peruanos en el Exterior (PEX).

• Parlamentarios Andinos: Se elegirá a cinco (5) representantes titulares y diez (10) representantes suplentes.

2. ¿Cuándo se llevarán a cabo las jornadas electorales y a qué hora?

El voto de los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero se emite en la misma fecha señalada para las Elecciones Generales 2026 en el territorio del Perú: domingo 12 de abril — Primera Vuelta — y domingo 7 de junio — Segunda Vuelta, de ser el caso. El horario es desde las siete (07:00) horas hasta las diecisiete (17:00) horas, según el huso horario del lugar donde se realice el proceso electoral.

La puerta de ingreso del local de votación se cierra a las diecisiete (17:00) horas. Ello no limita el sufragio de aquellos electores que ya se encuentren dentro del local.

3. ¿Cualquiera puede ingresar a los centros de votación?

No. Ingresarán al local aquellos electores que porten su respectivo documento de identidad (DNI), quienes podrán estar acompañados de personas que los asistan, de ser el caso, o dependientes directos.

También podrán ingresar al local los personeros debidamente acreditados.

4.- ¿Quiénes votan en Buenos Aires?

Los peruanos aptos para votar cuyo DNI consigne domicilio en la circunscripción correspondiente a este Consulado General, que incluye: la Ciudad de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires (con excepción de La Plata, Berisso, Ensenada, Brandsen, Magdalena, Berazategui, San Vicente), así como las Provincias de La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. En caso de haber realizado un cambio de domicilio reciente en su DNI, este deberá haber sido tramitado antes del 14 de octubre de 2025, fecha del cierre del Padrón Electoral. Podrán ejercer su derecho al voto en uno de los siguientes 6 locales de votación:

1) Escuela Nº 01 D.E. 1 - Dirección: Ayacucho 1680​ (CABA);

2) Escuela Nº 03 - Dirección: Bolivar 1235 (CABA);

3) Escuela Nº 05 - Dirección: Rodriguez Peña 747 (CABA);

4) Escuela Nº 08 - Dirección: Talcahuano 680​ (CABA);

5) Escuela Nº 11 D.E. 1 - Dirección: Cochabamba 2830;(CABA);

6) Escuela Nº 25 - Dirección: Av. Jujuy 780 (CABA)

5 ¿En cuál local me tocará votar?

Se recomienda verificar, con su número de DNI, su local de votación y si ha sido designado Miembro de Mesa en el siguiente enlace electrónico de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). El local de votación será publicado en los próximos días en:

https://consultaelectoral.onpe.gob.pe/inicio

6 ¿Quiénes votan en Rosario?

Podrán votar en Rosario, los ciudadanos peruanos cuyo DNI consigne domicilio en las Provincias de Santa Fé y Entre Ríos, en el siguiente local de votación:

Escuela N° 615 “República del Perú” Leandro N. Alem 3069, Zona Sur. Rosario.

En caso de haber realizado un cambio de domicilio reciente en su DNI, este deberá haber sido tramitado antes del 14 de octubre de 2025, fecha del cierre del Padrón Electoral. Los peruanos aptos para votar, cuyo domicilio registrado en su DNI contemple otras localidades de la República Argentina, deberán contactarse con los Consulados Generales del Perú en La Plata, Córdoba y Mendoza, respectivamente.

7.- ¿Quiénes votan en Salta?

Podrán votar en Salta, los ciudadanos peruanos cuyo DNI consigne domicilio en las Provincias de Jujuy, Salta, Formosa y Santiago del Estero, en el siguiente local de votación:

Consulado Honorario del Perú en Salta: Acevedo N° 295, Salta, Capital.

En caso de haber realizado un cambio de domicilio reciente en su DNI, este deberá haber sido tramitado antes del 14 de octubre de 2025, fecha del cierre del Padrón Electoral. Los peruanos aptos para votar, cuyo domicilio registrado en su DNI contemple otras localidades de la República Argentina, deberán contactarse con los Consulados Generales del Perú en La Plata, Córdoba y Mendoza, respectivamente.

8.- ¿Quiénes votan en Corrientes?

Podrán votar en Salta, los ciudadanos peruanos cuyo DNI consigne domicilio en las Provincias de Corrientes, El Chaco y Misiones, en el siguiente local de votación:

Centro de Matemáticas Aplicada: Calle Santa Fe N° 1527, Corrientes.

En caso de haber realizado un cambio de domicilio reciente en su DNI, este deberá haber sido tramitado antes del 14 de octubre de 2025, fecha del cierre del Padrón Electoral. Los peruanos aptos para votar, cuyo domicilio registrado en su DNI contemple otras localidades de la República Argentina, deberán contactarse con los Consulados Generales del Perú en La Plata, Córdoba y Mendoza, respectivamente.

9.- ¿El voto es obligatorio?

Sí.  

De acuerdo al Art. 31° de la Constitución Política del Perú, el voto es personal, igual, libre, secreto y obligatorio para los mayores de edad, hasta cumplir 70 años. Después de cumplir esa edad, el voto es facultativo.

El ciudadano que haya sido designado miembro de mesa (titular o suplente) y no cumpla con asistir, será pasible de una multa de S/. 275.00 (DOSCIENTOS SETENTAICINCO SOLES), monto equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).

El ejercicio del voto constituye un derecho y un deber cívico.

10.- ¿Se podrá votar con DNI electrónico?

Sí.

Se podrá votar con DNI electrónico en Argentina siempre que el documento consigne domicilio en las circunscripciones consulares de las Oficinas consulares en Argentina. En caso de haber realizado un cambio de domicilio reciente en su DNI, este deberá haber sido tramitado antes del 14 de octubre de 2025, fecha del cierre del Padrón Electoral.

11.- ¿Se podrá votar con DNI “azul”?

Sí.

Se podrá votar con DNI convencional (azul) siempre que el documento consigne domicilio en las circunscripciones consulares de las Oficinas consulares en Argentina. En caso de haber realizado un cambio de domicilio reciente en su DNI, este deberá haber sido tramitado antes del 14 de octubre de 2025, fecha del cierre del Padrón Electoral.

12.- ¿Habrá voto digital?

No.

El voto digital no fue habilitado por las autoridades electorales para las Elecciones Generales 2026. Consecuentemente, se emite de forma presencial, a través de la cédula física de votación.

13.- Tengo mi DNI vencido ¿Puedo votar?  

Conforme a la normativa peruana vigente, se requiere DNI original vigente para votar.

Sin embargo, en procesos electorales anteriores, se ha autorizado de manera excepcional el uso del DNI vencido. De emitirse una autorización similar para el presente proceso electoral, será comunicada oportunamente a través de los canales oficiales del Consulado.

14.- ¿Se puede votar con otro documento distinto al DNI original (pasaporte, fotocopia del DNI, comprobante de trámite de nuevo DNI, brevete, etc.)?

No.

El único documento válido para votar es el DNI original.

15.- ¿Hay que inscribirse en el Consulado para votar? ¿Dónde puedo ver si estoy apto para votar o no?

No es necesario inscribirse en este Consulado General para ejercer el derecho al voto.

Se recomienda verificar, con su número de DNI, su local de votación y si ha sido designado Miembro de Mesa en el siguiente enlace electrónico de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). El local de votación será publicado en los próximos días en:

https://consultaelectoral.onpe.gob.pe/inicio

16.- ¿Habrá mesa de transeúntes?

Como en procesos electorales anteriores, no habrá mesa de transeúntes.

17. ¿Todavía puedo actualizar mi domicilio en el extranjero para ser considerado en el padrón electoral y votar en las Elecciones Generales 2026?

No.

El padrón electoral cerró en octubre del 2025. Si bien es posible realizar el trámite de actualización de domicilio en el DNI, ello no conllevará a ser incorporado en el padrón electoral para estas elecciones.

18. ¿Los electores en el extranjero que no vayan a votar deben pagar una multa?

No.

Ello conforme a lo previsto en el art. 4 de la Ley N° 28859.

19. ¿Si soy miembro de mesa en el extranjero y no cumplo esa función tengo que pagar multa?

Sí.

Los miembros de mesa en el exterior (titulares o suplentes) que no se presenten al local de votación o que, estando presentes, se nieguen a conformar la mesa de sufragio, incurren en infracción electoral.

20. ¿A cuánto asciende la multa por no cumplir la función de miembro de mesa en el extranjero?

La multa por incumplimiento de la función de miembro de mesa (titular o suplente) asciende a la suma de S/ 275 (equivalente a 5% de la UIT). Se aplica también en caso de segunda vuelta.

 21. ¿Los miembros de mesa en el extranjero recibirán charlas de capacitación?

 Sí.

 Los miembros de mesa accederán a un curso virtual y tendrán a su disposición videos instructivos elaborados por la ONPE y el JNE.

 Asimismo, contarán con un manual de instrucciones para el cumplimiento de sus funciones, también desarrollado por la ONPE.

 22. ¿Hay alguna compensación por ser miembro de mesa en el extranjero?

 Sí.

 Los miembros de mesa que desempeñen el cargo recibirán una compensación económica de S/ 165 (equivalente a 3% de la UIT).

 Asimismo, recibirán un servicio de alimentación a lo largo de la jornada electoral.

 Ambos beneficios se aplican también en caso de segunda vuelta.

 23. ¿Se pueden presentar excusas y justificaciones al cargo de miembro de mesa en el extranjero?

 Sí.

 Las excusas deberán sustentarse con prueba instrumental y presentarse dentro del plazo de cinco (5) días hábiles posteriores a la publicación definitiva de la relación de miembros de mesa.

 La justificación procede únicamente por enfermedad (debidamente acreditada con el certificado expedido por la entidad de salud competente), y podrá presentarse desde la fecha de la publicación de la relación definitiva de miembros de mesa hasta antes de los cinco (5) días naturales previos a la fecha de la elección (el 6 de abril de 2026).

24. ¿Dónde debo presentar las excusas y justificaciones al cargo de miembro de mesa en el extranjero?

 El trámite de excusas y justificaciones se realizará a través de la oficina consular. El Consulado General del Perú en Buenos Aires ha habilitado el siguiente correo electrónico para recibir dichas solicitudes: elecciones@consuladoperubaires.org

 La solicitud presentada será remitida, automáticamente, a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) de Lima Centro1 para que resuelva. Posteriormente, el resultado será notificado al solicitante mediante correo electrónico.

 25. ¿Qué es un personero?

 El personero es la persona natural que, en virtud de las facultades otorgadas por una organización política, representa sus intereses ante los organismos electorales.

 26. ¿Qué tipo de personeros existen?

 Personero del local de votación: Se encarga de coordinar y dirigir las actividades de los personeros ante las mesas de sufragio ubicadas en el centro de votación para el cual ha sido acreditado.

 Personero ante la mesa de sufragio: Tiene la atribución de presenciar y fiscalizar los actos de instalación, sufragio y escrutinio, durante el acto electoral. Pueden representar sólo a una organización política y participar en una o más mesas de sufragio. El día de las elecciones tiene la obligación de presentar su credencial y DNI al miembro que preside la mesa de sufragio. Puede presentarse en cualquiera de los momentos de la jornada electoral: instalación, sufragio y escrutinio.

27. ¿Cómo puedo obtener información actualizada sobre la organización de las elecciones por el Consulado General del Perú en Buenos Aires?

Para más información, puedes visitar nuestra web (https://www.consulado.pe/es/BuenosAires/Paginas/Inicio.aspx) y nuestras cuentas de Facebook, Instagram y canal de WhatsApp.

 Asimismo, puedes visitar la página del Ministerio de Relaciones Exteriores creada especialmente para las Elecciones Generales 2026: https://www.gob.pe/tuvotocruzafronteras.

 

Buenos Aires, 23 de febrero de 2026

Fecha de Publicación: 25/02/2026
  

El Consulado General del Perú en Buenos Aires comparte la relación de los miembros titulares y suplentes de las mesas electorales a instalarse en Buenos Aires:

MIEMBROS DE MESA C BAIRES.pdf

Puede verificar si le corresponde ser miembro de mesa. También puede realizar la consulta a través de la siguiente página:
https://consultaelectoral.onpe.gob.pe/inicio​

Si tienes alguna tacha contra una persona designada como miembro de mesa en el exterior, puedes hacerlo en esta oficina consular, adjuntando el sustento correspondiente.


El trámite se recibe hasta el jueves 5 de febrero de 2026 de manera presencial o por correo electrónico a:
e
lecciones@consuladoperubaires.org


Conoce las causales:
https://www.gob.pe/110361-causales-de-tacha-a-miembros-de-mesa-en-el-exterior​

Fecha de Publicación: 03/02/2026
  

AFICHE REDES SOCIALES LOCAL DE VOTACIÓN 6.jpeg

Fecha de Publicación: 28/01/2026
  

AFICHE REDES SOCIALES LOCAL DE VOTACIÓN 5.jpeg

Fecha de Publicación: 28/01/2026
  

AFICHE REDES SOCIALES LOCAL DE VOTACIÓN 4.jpeg

Fecha de Publicación: 28/01/2026
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