ELECCIONES
GENERALES 2026
PREGUNTAS
FRECUENTES
1.
¿A qué autoridades se van a elegir en las Elecciones Generales 2026?
• Presidente y dos
vicepresidentes de la República.
• Senadores: Conforme a la Ley
31988 y la Resolución 0053-2025-JNE, el Senado tiene sesenta (60) senadores, de
los cuales uno (1) será elegido por la circunscripción de Peruanos en el
Exterior (PEX). Los peruanos en el exterior, además, también votan por los
senadores que se eligen a nivel nacional.
• Diputados: Conforme a la Ley
31988 y la Resolución 0053-2025-JNE, la Cámara de Diputados tiene ciento
treinta (130) representantes, de los cuales dos (2) serán elegidos por la
circunscripción de Peruanos en el Exterior (PEX).
• Parlamentarios Andinos: Se
elegirá a cinco (5) representantes titulares y diez (10) representantes
suplentes.
2.
¿Cuándo se llevarán a cabo las jornadas electorales y a qué hora?
El voto de los ciudadanos
peruanos residentes en el extranjero se emite en la misma fecha señalada para
las Elecciones Generales 2026 en el territorio del Perú: domingo 12 de abril —
Primera Vuelta — y domingo 7 de junio — Segunda Vuelta, de ser el caso. El
horario es desde las siete (07:00) horas hasta las diecisiete (17:00) horas,
según el huso horario del lugar donde se realice el proceso electoral.
La puerta de ingreso del local
de votación se cierra a las diecisiete (17:00) horas. Ello no limita el
sufragio de aquellos electores que ya se encuentren dentro del local.
3.
¿Cualquiera puede ingresar a los centros de votación?
No. Ingresarán al local
aquellos electores que porten su respectivo documento de identidad (DNI),
quienes podrán estar acompañados de personas que los asistan, de ser el caso, o
dependientes directos.
También podrán ingresar al
local los personeros debidamente acreditados.
4.-
¿Quiénes votan en Buenos Aires?
Los peruanos aptos para votar cuyo DNI consigne domicilio en la
circunscripción correspondiente a este Consulado General, que incluye: la
Ciudad de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires (con excepción de La Plata, Berisso,
Ensenada, Brandsen, Magdalena, Berazategui, San Vicente), así como las
Provincias de La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del
Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. En caso de haber realizado un
cambio de domicilio reciente en su DNI, este deberá haber sido tramitado antes
del 14 de octubre de 2025, fecha del cierre del Padrón Electoral. Podrán
ejercer su derecho al voto en uno de los siguientes 6 locales de votación:
1)
Escuela Nº 01 D.E. 1 - Dirección: Ayacucho 1680 (CABA);
2)
Escuela Nº 03 - Dirección: Bolivar 1235 (CABA);
3)
Escuela Nº 05 - Dirección: Rodriguez Peña 747 (CABA);
4) Escuela Nº 08 -
Dirección: Talcahuano 680 (CABA);
5) Escuela Nº 11
D.E. 1 - Dirección: Cochabamba 2830;(CABA);
6)
Escuela Nº 25 - Dirección: Av. Jujuy 780 (CABA)
5 ¿En cuál local me tocará
votar?
Se
recomienda verificar, con su número de DNI, su local de votación y si ha sido
designado Miembro de Mesa en el siguiente enlace electrónico de la Oficina
Nacional de Procesos Electorales (ONPE). El local de votación será publicado en
los próximos días en:
https://consultaelectoral.onpe.gob.pe/inicio
6 ¿Quiénes votan en Rosario?
Podrán
votar en Rosario, los ciudadanos peruanos cuyo DNI consigne domicilio en las
Provincias de Santa Fé y Entre Ríos, en el siguiente local de votación:
Escuela
N° 615 “República del Perú” Leandro N. Alem 3069, Zona Sur. Rosario.
En caso de haber realizado un cambio de domicilio
reciente en su DNI, este deberá haber sido tramitado antes del 14 de octubre de
2025, fecha del cierre del Padrón Electoral. Los peruanos aptos para votar, cuyo domicilio registrado en su DNI
contemple otras localidades de la República Argentina, deberán contactarse con
los Consulados
Generales del Perú en La Plata, Córdoba y Mendoza, respectivamente.
7.-
¿Quiénes votan en Salta?
Podrán
votar en Salta, los ciudadanos peruanos cuyo DNI consigne domicilio en las Provincias
de Jujuy, Salta, Formosa y Santiago del Estero, en el siguiente local de votación:
Consulado
Honorario del Perú en Salta: Acevedo N° 295, Salta, Capital.
En caso de haber realizado un cambio de domicilio
reciente en su DNI, este deberá haber sido tramitado antes del 14 de octubre de
2025, fecha del cierre del Padrón Electoral. Los peruanos aptos para votar, cuyo domicilio registrado en su DNI
contemple otras localidades de la República Argentina, deberán contactarse con
los Consulados
Generales del Perú en La Plata, Córdoba y Mendoza, respectivamente.
8.-
¿Quiénes votan en Corrientes?
Podrán
votar en Salta, los ciudadanos peruanos cuyo DNI consigne domicilio en las Provincias
de Corrientes, El Chaco y Misiones, en
el siguiente local de votación:
Centro
de Matemáticas Aplicada: Calle Santa Fe N° 1527, Corrientes.
En caso de haber realizado un cambio de domicilio
reciente en su DNI, este deberá haber sido tramitado antes del 14 de octubre de
2025, fecha del cierre del Padrón Electoral. Los peruanos aptos para votar, cuyo domicilio registrado en su DNI
contemple otras localidades de la República Argentina, deberán contactarse con
los Consulados
Generales del Perú en La Plata, Córdoba y Mendoza, respectivamente.
9.-
¿El voto es obligatorio?
Sí.
De acuerdo al Art. 31° de la
Constitución Política del Perú, el voto es personal, igual, libre, secreto y
obligatorio para los mayores de edad, hasta cumplir 70 años. Después de cumplir
esa edad, el voto es facultativo.
El ciudadano que haya sido
designado miembro de mesa (titular o suplente) y no cumpla con asistir, será
pasible de una multa de S/. 275.00 (DOSCIENTOS SETENTAICINCO SOLES), monto
equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
El ejercicio del voto
constituye un derecho y un deber cívico.
10.-
¿Se podrá votar con DNI electrónico?
Sí.
Se podrá votar con DNI
electrónico en Argentina siempre que el documento consigne domicilio en las
circunscripciones consulares de las Oficinas consulares en Argentina. En caso
de haber realizado un cambio de domicilio reciente en su DNI, este deberá haber
sido tramitado antes del 14 de octubre de 2025, fecha del cierre del Padrón
Electoral.
11.-
¿Se podrá votar con DNI “azul”?
Sí.
Se podrá votar con DNI
convencional (azul) siempre que el documento consigne domicilio en las
circunscripciones consulares de las Oficinas consulares en Argentina. En caso
de haber realizado un cambio de domicilio reciente en su DNI, este deberá haber
sido tramitado antes del 14 de octubre de 2025, fecha del cierre del Padrón
Electoral.
12.-
¿Habrá voto digital?
No.
El voto digital no fue
habilitado por las autoridades electorales para las Elecciones Generales 2026.
Consecuentemente, se emite de forma presencial, a través de la cédula física de
votación.
13.-
Tengo mi DNI vencido ¿Puedo votar?
Conforme a la normativa
peruana vigente, se requiere DNI original vigente para votar.
Sin embargo, en procesos
electorales anteriores, se ha autorizado de manera excepcional el uso del DNI
vencido. De emitirse una autorización similar para el presente proceso
electoral, será comunicada oportunamente a través de los canales oficiales del
Consulado.
14.-
¿Se puede votar con otro documento distinto al DNI original (pasaporte,
fotocopia del DNI, comprobante de trámite de nuevo DNI, brevete, etc.)?
No.
El único documento válido para
votar es el DNI original.
15.-
¿Hay que inscribirse en el Consulado para votar? ¿Dónde puedo ver si estoy apto
para votar o no?
No es necesario inscribirse en
este Consulado General para ejercer el derecho al voto.
Se
recomienda verificar, con su número de DNI, su local de votación y si ha sido
designado Miembro de Mesa en el siguiente enlace electrónico de la Oficina
Nacional de Procesos Electorales (ONPE). El local de votación será publicado en
los próximos días en:
https://consultaelectoral.onpe.gob.pe/inicio
16.-
¿Habrá mesa de transeúntes?
Como en procesos electorales
anteriores, no habrá mesa de transeúntes.
17.
¿Todavía puedo actualizar mi domicilio en el extranjero para ser considerado en
el padrón electoral y votar en las Elecciones Generales 2026?
No.
El padrón electoral cerró en
octubre del 2025. Si bien es posible realizar el trámite de actualización de
domicilio en el DNI, ello no conllevará a ser incorporado en el padrón
electoral para estas elecciones.
18.
¿Los electores en el extranjero que no vayan a votar deben pagar una multa?
No.
Ello conforme a lo previsto en
el art. 4 de la Ley N° 28859.
19.
¿Si soy miembro de mesa en el extranjero y no cumplo esa función tengo que
pagar multa?
Sí.
Los miembros de mesa en el
exterior (titulares o suplentes) que no se presenten al local de votación o
que, estando presentes, se nieguen a conformar la mesa de sufragio, incurren en
infracción electoral.
20. ¿A cuánto asciende la multa
por no cumplir la función de miembro de mesa en el extranjero?
La multa por incumplimiento de la
función de miembro de mesa (titular o suplente) asciende a la suma de S/ 275
(equivalente a 5% de la UIT). Se aplica también en caso de segunda vuelta.
21. ¿Los miembros de mesa en el
extranjero recibirán charlas de capacitación?
Sí.
Los miembros de mesa accederán a un
curso virtual y tendrán a su disposición videos instructivos elaborados por la
ONPE y el JNE.
Asimismo, contarán con un manual de
instrucciones para el cumplimiento de sus funciones, también desarrollado por
la ONPE.
22. ¿Hay alguna compensación por
ser miembro de mesa en el extranjero?
Sí.
Los miembros de mesa que desempeñen
el cargo recibirán una compensación económica de S/ 165 (equivalente a 3% de la
UIT).
Asimismo, recibirán un servicio de
alimentación a lo largo de la jornada electoral.
Ambos beneficios se aplican también
en caso de segunda vuelta.
23. ¿Se pueden presentar excusas
y justificaciones al cargo de miembro de mesa en el extranjero?
Sí.
Las excusas deberán sustentarse con
prueba instrumental y presentarse dentro del plazo de cinco (5) días hábiles
posteriores a la publicación definitiva de la relación de miembros de mesa.
La justificación procede
únicamente por enfermedad (debidamente acreditada con el certificado expedido
por la entidad de salud competente), y podrá presentarse desde la fecha de la
publicación de la relación definitiva de miembros de mesa hasta antes de los
cinco (5) días naturales previos a la fecha de la elección (el 6 de abril de
2026).
24. ¿Dónde debo presentar las
excusas y justificaciones al cargo de miembro de mesa en el extranjero?
El trámite de excusas y
justificaciones se realizará a través de la oficina consular. El Consulado
General del Perú en Buenos Aires ha habilitado el siguiente correo electrónico
para recibir dichas solicitudes: elecciones@consuladoperubaires.org
La solicitud presentada será
remitida, automáticamente, a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales
(ODPE) de Lima Centro1 para que resuelva. Posteriormente, el resultado será
notificado al solicitante mediante correo electrónico.
25. ¿Qué es un personero?
El personero es la persona natural
que, en virtud de las facultades otorgadas por una organización política,
representa sus intereses ante los organismos electorales.
26. ¿Qué tipo de personeros
existen?
Personero del local de votación: Se
encarga de coordinar y dirigir las actividades de los personeros ante las mesas
de sufragio ubicadas en el centro de votación para el cual ha sido acreditado.
Personero ante la mesa de
sufragio: Tiene la atribución de presenciar y fiscalizar los actos de
instalación, sufragio y escrutinio, durante el acto electoral. Pueden
representar sólo a una organización política y participar en una o más mesas de
sufragio. El día de las elecciones tiene la obligación de presentar su
credencial y DNI al miembro que preside la mesa de sufragio. Puede presentarse
en cualquiera de los momentos de la jornada electoral: instalación, sufragio y
escrutinio.
27. ¿Cómo puedo obtener
información actualizada sobre la organización de las elecciones por el
Consulado General del Perú en Buenos Aires?
Para más información, puedes
visitar nuestra web (https://www.consulado.pe/es/BuenosAires/Paginas/Inicio.aspx)
y nuestras cuentas de Facebook, Instagram y canal de WhatsApp.
Asimismo, puedes visitar la
página del Ministerio de Relaciones Exteriores creada especialmente para las
Elecciones Generales 2026: https://www.gob.pe/tuvotocruzafronteras.
Buenos Aires, 23 de febrero
de 2026