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Excusas y Justificaciones

EXCUSAS

¿Qué es la excusa?

Es la exclusión de ejercer el cargo de miembro de mesa, a solicitud de la persona seleccionada por sorteo, ya sea en condición de titular o suplente, que se presenta ante la ONPE, a través de la Oficina Consular.

¿Cuál es el plazo para presentarla?

El plazo para la presentación de la excusa al cargo de miembro de mesa inicia el 26 de febrero de 2021 y culmina el 4 de marzo de 2021.

¿Cuáles son las causales por las que puedo presentar una excusa?

El cargo de miembro de Mesa de Sufragio es irrenunciable, salvo:

  • Los casos de notorio o grave impedimento físico o mental.
  • Necesidad de ausentarse del territorio de la República.
  • Ser mayor de setenta (70) años.

Asimismo, también son válidas las causales especificadas en el Art. 57º de la Ley Orgánica de Elecciones:

  • Ser candidatos y personeros de las organizaciones políticas.
  • Ser funcionarios y empleados de los organismos que conforman el Sistema Electoral peruano.
  • Ser miembros del Ministerio Público que, durante la jornada electoral, realizan funciones relacionadas con la prevención e investigación de los delitos electorales.
  • Ser funcionarios de la Defensoría del Pueblo que realizan supervisión electoral.
  • Ser autoridades políticas.
  • Ser autoridades o representantes provenientes de elección popular.
  • Los ciudadanos que integran los comités directivos de las organizaciones políticas inscritas en el Jurado Nacional de Elecciones.
  • Ser cónyuges y parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad entre los miembros de una misma mesa.
  • Ser cónyuges y parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad de los candidatos que residen en el ámbito de la jurisdicción en la cual postulan.
  • Ser electores temporalmente ausentes de la República, de acuerdo con las relaciones correspondientes que remita el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
  • Ser miembros en actividad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que realicen actividades relacionadas con el desarrollo de los procesos electorales.
  • Ser miembros del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.

Para estos comicios además se han incorporado como causales:

  • Ser persona en grupo de riesgo para COVID19.
  • Estado de gestación.
  • Estado de la lactancia.

JUSTIFICACIONES

¿Qué es la justificación?

Es la exención de la multa por la inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio como miembro de mesa titular o suplente en el territorio nacional o en el extranjero que solo se puede solicitar por razones de enfermedad.

¿Cuál es el plazo para presentarla?

El plazo para presentar justificación de inasistencia al cargo de miembro de mesa inicia el 26 de febrero de 2021 y culmina el 5 de abril de 2021.

¿Cuáles son las causales por las que puedo presentar una justificación?

La justificación sólo procede en los casos de enfermedad (debidamente acreditada con el certificado expedido por la entidad de salud competente y a la falta de éste por el médico de la localidad).


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