Omitir los comandos de cinta
Saltar al contenido principal
Desplazarse hacia arriba
Inicio de sesión

Trámites Notariales

De acuerdo a la Ley del Notariado y el Reglamento Consular del Perú, los cónsules pueden emitir constancias o certificaciones a solicitud del interesado sobre temas muy diversos. En tal sentido, la función de los cónsules es dar fe pública sobre hechos o situaciones que puedan constatar directa y personalmente.

 

Es de resaltar que lo anterior significa también que el cónsul no puede certificar hechos que no le consten o no pueda verificar directa y personalmente. Tampoco puede emitir constancia sobre la situación jurídica de una persona sin estar plenamente convencido de ello. Los consulados cuentan con algunos accesos a bases informativas del Estado peruano y a otras no. En los casos donde no se puede verificar directamente, elementales principios de seguridad jurídica obligan a solicitar documentos originales, certificados y de fecha reciente. 

 

En el listado siguiente se encuentran los certificados más frecuentes y sus requisitos. Se hace presente que el funcionario consular podrá solicitar, en algunos casos, mayor información y documentos que puedan generarle convicción:


 

 
 
Central Telefónica:
(+34) 934 154 999
(+34) 934 511 784
No se reservan citas por teléfono.
Emergencias:
(+34) 656 964 024
No se absuelven consultas ni se reservan citas.
Fax:
Correo Electrónico:
consulado@consulperubarcelona.com
Horario de Atención:
Lunes a Viernes:
    - 09h00 a 13h00
    - 14h00 a 15h30
Solicitud de Citas: