El registro de estado civil de los consulados del Perú permite inscribir los decesos de los peruanos ocurridos en el extranjero. Este registro puede ser solicitado por los parientes del occiso, la autoridad competente en el país donde ocurrió el incidente, el médico tratante o cualquier persona allegada al difunto.
¿Cuáles son los requisitos?
- Partida literal de defunción emitida por el registro civil español.
- Entregar documentos de identidad peruanos del difunto. (DNI o pasaporte).
- Documento de identidad del declarante. En caso de ciudadanos peruanos presentar DNI peruano. En caso de ciudadanos extranjeros, presentar pasaporte o documento de identidad.
Costo |
Gratis la primera copia (se entrega el día de la inscripción) |
Copias adicionales: 6.00 Euros |
El pago se realiza en efectivo (traer monto exacto), con tarjeta de crédito o débito (emitida por un banco de la zona euro) en las oficinas del Consulado General o mediante transferencia bancaria. Para más información consultar en
Forma de Pago.
Entrega: El mismo día de la cita
Repatriación de restos mortales/traslado de cenizas
¿Cuáles son los requisitos?
1. Carta del consulado del Perú al director de sanidad.
A solicitud de los familiares o de la agencia funeraria, el Consulado expide al director de sanidad de la localidad española, una carta indicando que el Consulado no tiene ningún impedimento para que el cadáver o cenizas salgan de España.
2. Acta de traslado de restos
Los familiares o la agencia funeraria, luego de la inscripción de la defunción en el Consulado (salvo repatriación de restos mortales de ciudadanos españoles), deben presentar los siguientes documentos:
- Partida literal de defunción española.
- Certificado médico de defunción.
- Acta de embalsamamiento.
- Licencia para dar sepultura.
- Copia del DNI y pasaporte peruanos del fallecido.
3. Acta de traslado de cenizas
Los familiares o la agencia funeraria, luego de la inscripción de la defunción en el consulado (salvo repatriación de cenizas de ciudadanos españoles), deben presentar los siguientes documentos:
- Partida literal de defunción española.
- Certificado de incineración.
- Copia del DNI y pasaporte peruanos del fallecido.
El pago se realiza en efectivo (traer monto exacto), con tarjeta de crédito o débito (emitida por un banco de la zona euro) en las oficinas del Consulado General o mediante transferencia bancaria. Para más información consultar en Forma de pago.
Entrega: El mismo día de la cita
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