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Preguntas Frecuentes

  
  
Si su hijo ha nacido dentro de la Comunidad Andaluza o en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, deberá efectuar el registro del nacimiento en la Oficina Consular en Sevilla.  Este trámite es de carácter gratuito y requiere la presencia, de manera preferencial, de los progenitores.  Al momento de la inscripción deberán aportar:
  • Partida literal de nacimiento del menor, actualizada.
  • Presentar los documentos de identidad peruanos vigentes, original y copia. en el caos de que alguno de los padres fuera extranjero se identificará con su DNI nacional o pasaporte.
  • Una declaración jurada de no inscripción anterior.  Esta se le facilitará el mismo día del trámite por el personal consular.
Una vez asentado el nacimiento en los registros civiles de la Oficina Consular, se le entregará de manera gratuita una única copia simple.  En caso de querer copias accesorias, a estas se le aplicará la tasa consular correspondiente.
  
El artículo 17. c) del Código Civil español establece que son españoles de origen los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad (apátridas), o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad.  En este caso puede realizarse un expediente en el Registro Civil de su domicilio para declarar la nacionalidad española con valor de simple presunción.

Pueden pedir la nacionalidad por valor de simple presunción los niños nacidos en España cuyos padres sean de las siguientes nacionalidades: Argentina, Bolivia, Brasil, Cabo Verde, Colombia, Costa Rica, Cuba, Guinea Bissau, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Santo Tomé y Príncipe y Uruguay.

Ambos padres deben ser de estos países, ya sean los dos del mismo país o combinados entre sí.

Si se cumple lo anterior, los padres deberán acudir al Registro Civil de su localidad y solicitar la nacionalidad peruana para el menor por simple presunción.  Entre los requisitos que le demandarán estará un certificado negativo de nacionalidad, expedido por el Consulado peruano de su jurisdicción.  En algunas localidades a los padres les exigen presentar un certificado de nacionalidad o de inscripción consular.
  
Debe acudir a su veterinario dentro de los 10 días anteriores al viaje para obtener el certificado de salud del animal en el cual el veterinario detallará también las fechas de desparasitación y las vacunas aplicadas al animal (modelo verde, países terceros). Vacunas que deberán acreditar los certificados deben haber sido puestas en un término mayor de 30 días y menor de un año contados desde la fecha del viaje:

PERROS: Rabia, Hepatitis, Leptospirosis, Parvovirosis, Parainfluenza, Coronavirus.
GATOS: Rabia, Leucemia, Rinotraqueitis, Calicivirus, Panleucopenia.

Desparasitación: La desparasitación debe ser interna y externa y haber sido realizada dentro de los 30 días antes de la fecha del viaje.

Una vez obtenido el certificado, y sin legalización previa del Colegio de Veterinarios correspondiente, deberá acudir a una Delegación del Ministerio de Agricultura para obtener el Certificado de Exportación, este documento acredita que el animal está apto y reúne los exigencias sanitarias de ambos países. Para solicitar este certificado es necesario presentar el Certificado Veterinario. Este documento es un requisito indispensable que solicita la línea aérea para embarcar al animal. No es necesario que esté apostillado ni legalizado. Este documento se puede tramitar en las siguientes oficinas:

  • Almería: Dependencia del Área Funcional de Agricultura y Pesca, C/ Hermanos Machado Nº 4, 6º planta, Almería cp:04004. 
    Teléfono: 950759417
    Fax: 950759409
    E-mail: sanimal.almeria@seap.minhap.es
  • Cádiz: Dependencia del Área de Agricultura y Pesca, C/ Acacias, 2-4º, 11007 CADIZ. 
    Teléfono: 956989171(35)
    Fax: 956286089
    E-mail: agriculturaypesca.cadiz@seap.minhap.es
  • Ceuta: Muelle Cañonero Dato s/n, Estación Marítima Local 6, 510001 CEUTA.
    Teléfono: 956984424
    Fax: 956984429
  • Huelva: Subdelegación del Gobierno en Huelva, Dependencia del Área Funcional de Agricultura y Pesca, Avenida de Hispanoamérica, 9. 5ª planta., 21071 HUELVA. 
    Teléfono: 95 9759074
    Fax: 95 9759103
    E-mail: sanidad.huelva@seap.minhap.es, joseluis.perez@seap.minhap.es
  • Melilla: Delegación del Gobierno en Melilla, Área Funcional de Agricultura y Pesca, Avda. de la Marina Española nº 3, 52001 MELILLA.
    Teléfonos: 952991176(7)- 629473596)
    Fax: 952991163
    E-mail (directora área): isabel.bassets@seap.minhap.es
    E-mail (Inspector animal): mvictoria.navas@seap.minhap.es
  • Sevilla: Subdelegación del Gobierno en Sevilla. Área Funcional de Agricultura y Pesca. Plaza de España, Sector III, 41013 SEVILLA.
    Teléfonos: 95 5569178, 95 5569258
    Fax: 95 5569140
    E-mail: sanimal.sevilla@seap.minhap.es
Una vez el animal ingrese en Perú, la entidad competente, en este caso SENASA, se encargara de auscultar al animal y gestionar los certificados correspondientes al caso.  En caso haya alguna duda adicional sobre los requisitos señalados, los interesados pueden contactarse con el SENASA vía telefónica al 313-3324, a fin de evitar inconvenientes a los usuarios que solicitan los servicios de esta entidad.

Importación de otros animales de compañía

La importación de conejos a Perú está prohibida debido a que las enfermedades hemorrágica del conejo y la mixomatosis, enfermedades exóticas para nuestro país.  ​ Para el resto animales tales como hurones y aves de ornamento, canoras y rapaces, deben tramitar los siguientes documentos:
  • Permiso Sanitario de Importación (el cual se solicita a SENASA antes del embarque),
  • Certificado Sanitario de Exportación original (el cual debe cumplir con los requisitos sanitarios acordados con el país exportador) e,
  • Inspección Sanitaria de SENASA en el punto de ingreso en el Perú.
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