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​El Consulado General del Perú en Montreal invita a los miembros de la comunidad en su jurisdicción consular a participar en la elección del Consejo de Consulta de la Comunidad Peruana residente en las provincias de Quebec, Nueva Brunswik, Nueva Escocia, Isla Principe Eduardo y Terranova (con excepción de las ciudades de Hull, Gatineau, Aylmer, Chelsea, Maniwaki, Wakefield y Papineau) para el período 2023-2024, que se llevará a cabo el sábado 23 de setiembre de 2023.

El Consejo de Consulta constituye un espacio de diálogo y cooperación entre las Oficinas Consulares y los peruanos residentes de la correspondiente circunscripción consular, que tiene como objetivos, entre otros, promover la cultura peruana, fortalecer el vínculo entre los connacionales, así como fomentar el acercamiento y sensibilización de los peruanos migrantes en el nuevo contexto social, económico y cultural en que se encuentran.

Para el día de la elección, sábado 23 de setiembre de 2023, se ha previsto el siguiente programa:

08:30 horas - Sorteo para conformar el Comité Electoral.

08:45 horas - Instalación del Comité Electoral, informe del Consulado sobre las candidaturas recibidas; validación y registro de candidaturas por parte del Comité Electoral.

09:00 horas - Inicio de la votación.

16:00 horas - Cierre de la votación / conteo de votos para verificar el número mínimo / escrutinio (si se alcanzó el número mínimo de votantes).

16:30 horas - Proclamación de los resultados (si se alcanzó el número mínimo de votantes) y firma del acta.

Conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de los Consejos de Consulta de las Comunidades Peruanas en el Exterior, Art. 18 del DS N° 057-2010-RE, en circunscripciones de más de 5 mil y menos de 20 mil connacionales inscritos en el padrón del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) -como es el caso de la circunscripción del Consulado General del Perú en Montreal-, el Consejo de Consulta deberá estar compuesto por cinco connacionales elegidos por la comunidad peruana en votación convocada por el Jefe de la Oficina Consular.

Los requisitos para postular como candidato son los siguientes (Art. 19° del Reglamento, D.S. N° 057-2010-RE):

a) Ser peruano.

b) Ser mayor de 18 años al momento de postular.

c) Estar inscrito en el RENIEC con domicilio en la circunscripción consular (para ello deberá presentar su DNI original con la dirección actualizada).

d) No ser funcionario o empleado de la oficina consular.

e) No registrar antecedentes policiales ni penales en el Perú o en el extranjero. Para ello deberá presentar los certificados de no registrar antecedentes penales o policiales -de no más de 3 meses de antigüedad- tanto del Perú como de Canadá o, en su defecto, una Declaración Jurada.

f) No haber sido sancionado con pérdida de la condición de miembro de algún Consejo de Consulta.

La presentación de candidaturas deberá hacerse mediante comunicación escrita dirigida al Cónsul General, en la cual los interesados informen de su voluntad de postular para ser miembros del Consejo de Consulta, manifestando que cumplen con los requisitos arriba señalados. Asimismo, cada candidato deberá absolver, firmar y remitir también la presente declaración jurada:

ANEXO 3 - DECLARACIÓN JURADA 2023.docxDECLARACIÓN JURADA CONSEJO DE CONSULTA.docx 

Las comunicaciones pueden ser enviadas a la dirección postal del Consulado o por correo electrónico a la dirección consulado@perumontreal.com. Las candidaturas para ser miembros del Consejo podrán presentarse hasta el 2 de septiembre de 2023.

Asimismo, para votar en esta elección se requiere:

Ser peruano.

Ser mayor de 18 años.

Estar inscrito en el RENIEC con domicilio en la circunscripción consular (para ello deberá presentar su DNI original con la dirección actualizada).

Debe tomarse en cuenta que, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento aplicable (Art. 14), el mínimo de votantes necesario para validar las elecciones del Consejo de Consulta es el 3% de los inscritos en RENIEC correspondiente a cada circunscripción consular. Asimismo, se recuerda que el Consejo de Consulta no constituye un órgano del Estado Peruano ni del Consulado General y no conlleva la representación oficial de éstos. Además, sus miembros deben abstenerse de realizar actos políticos, proselitistas o actividades de naturaleza lucrativa que afecten la imagen del Perú.

Para mayor información, se adjuntan los documentos del marco legal aplicable:

ANEXO 2 - Ley y Reglamento de los Consejos de Consulta 2023 (1).pdfLey y Reglamento de los Consejos de Consulta.pdf

Fecha Publicación: 19/07/2023