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 Legalizacion de firma de particulares

La legalización de firma de particulares es efectuada por un funcionario consular, quien a pedido del solicitante, legaliza la firma consignada en su presencia sobre un documento privado (Ejemplo. Declaraciones Juradas).

Requisitos
  • Presentar el documento redactado previamente por el solicitante, sin firma (la firma será efectuada en presencia del funcionario consular encargado).
  • Tratándose de ciudadanos peruanos, deberán presentarse portando su Documento Nacional de Identidad (DNI); y, en el caso de ciudadanos extranjeros, deberán presentarse portando su pasaporte o carnet de extranjería vigentes.

Costo
25.00 Soles Consulares (*)
(*) Un Sol Consular aprox. equivale a un Dólar Americano expresado en moneda local.
Para equivalencias en moneda local, ver sección
Tarifas Consulares​

La presente información responde a casos generales. Si Ud. requiere información específica no resuelta en esta página acceder a Preguntas Frecuentes o consultarla a la Oficina Consular.

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Central Telefónica:
+39 055 260 8803
Emergencias:
+39 338 149 4597 (casos en los que se encuentre en riesgo la vida, integridad y/o dignidad de una persona. NO SE ATENDERÁN CONSULTAS SOBRE TRÁMITES, POR FAVOR NO INSISTIR)
Fax:
Correo Electrónico:
conper@peruflorencia.it
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SÓLO EXISTE ATENCIÓN A TRAVÉS DE CITAS, de lunes a viernes, entre las 8:30 y 13:00 horas, y el tercer jueves de cada mes por la tarde. Las solicitudes deben ser enviadas de acuerdo a las indicaciones de cada trámite.