Como lo haría ante una Notaría en el Perú, el funcionario consular peruano, a solicitud de un ciudadano peruano o extranjero, puede extender Escrituras Públicas destinadas a producir efectos legales en el Perú.
Recomendación antes de firmar una Escritura Pública
Antes de firmar la Escritura Pública preparada en la Oficina Consular, se recomienda leer cuidadosamente el contenido de la misma, verificando los datos de identificación del poderdante, su apoderado y demás intervinientes, así como la declaración de voluntad contenida en ella, ya que una vez firmada no podrá ser modificada, alterada, ni aclarada, sino a través de otra Escritura Pública.
Poderdante con impedimento para firmar
En caso el poderdante no sepa o no pueda firmar, sea ciego o tenga otro impedimento que haga dudosa su capacidad de expresar libre y conscientemente su voluntad, deberá
presentarse con un testigo que goce de plena capacidad y ejercicio de sus derechos civiles y que, además, conozca el idioma castellano. El testigo deberá contar con su documento de identidad conjuntamente con el solicitante, quien colocará su huella digital sobre la Escritura Pública.
Poderdantes que no conocen el idioma castellano
En el caso que el solicitante no sea inteligente en el idioma castellano, deberá intervenir además de él un intérprete, quien deberá pre
sentarse conjuntamente con el solicitante
a la Oficina Consular portando su documento de identidad y cuyos datos deberán constar en la minuta.
Requisitos
Los trámites de poderes por Escritura Pública también serán atendidos con cita previa, la misma que deberá solicitarse enviando un correo electrónico a escrituraspublicas.peruflorencia@yahoo.com (POR FAVOR ENVIAR UN SÓLO MENSAJE) con lo siguiente:
- Formulario debidamente llenado SIN EXCEPCIÓN: DATOS PARA LA PRESENTACIÓN DEL PARTE DEL PODER POR ESCRITURA PÚBLICA.pdf
- Minuta en formato Word.
- Sólo en caso se desee realizar un poder para REVOCAR otro, no es necesaria la minuta, pero deberá enviar el siguiente formato de solictud debidamente llenado en formato word: SOLICITUD REVOCATORIA.docx
- Sólo si decide y desea realizar su minuta con un(a) abogado(a), debe enviarla también firmada por el(la) abogado(a) en formato PDF, indicando su nombre completo, Número de DNI y colegiatura. Su abogado(a) puede encontrarse en cualquier territorio, pero debe contar con una colegiatura peruana.
- Sólo si se tratara de un Poder por Escritura Pública para revocar, modificar, ampliar, sustituir o rectificar otro Poder por Escritura Pública realizado en otra sede consular o en alguna notaría en el Perú, remitir y presentar la constancia de vigencia del poder que se pretende revocar, modificar, ampliar, sustituir o rectificar, otorgada por la SUNARP con no más de 3 meses de antigüedad.
NOTA: Las minutas deben contar necesariamente con el Documento Nacional de
Identidad (DNI), en caso de peruanos; por el contrario, debe incluir carnet de extranjería o pasaporte vigentes en caso de extranjeros, así como otro documento de identidad adicional que se requiera en su momento para cotejar la identidad. Asimismo, señalar los nombres, apellidos, estado civil, ocupación y dirección, tanto del poderdante como del apoderado.
¿Qué hacer luego de realizado el trámite?
- Enviar los documentos originales al Perú de forma física.
- La persona indicada en el formato puede acudir a la Oficina de Trámites Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, o a la Oficina Desconcentrada del MRE de la región correspondiente (ODE), para legalizar la firma consular, así como aquella designada para acudir a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos del Perú e inscribir el poder.
Costo |
Escritura Pública: 45.00 Soles Consulares (*) Por cada poderdante y/o apoderado adicional: 10.00 Soles Consulares (*) Testimonio: varía de acuerdo a la extensión del documento: 16.00 Soles Consulares la primera página y 8.00 Soles Consulares cada página siguiente. Parte Cosular: Gratis (**) COSTO TOTAL: aprox. entre 125.00 y 180.00 euros, varía de acuerdo al costo del Testimonio
Tarifas Consulares
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(*) Un Sol Consular equivale a un euro.
(**) Sólo el primero
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Algunos Modelos de Minuta
Le recordamos que los siguientes documentos sólo son modelos no formatos que deba llenar, usted es responsable de adecuarlo a su caso particular e incluir la información relevante que crea conveniente:
ALQUILER-VENTA-COMPRA.docx