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​Como es de conocimiento general, el Presidente de la República ha convocado a un Referéndum el domingo 9 de diciembre de 2018. Dado el alcance nacional de la consulta, todos los ciudadanos peruanos, residentes en el Perú y residentes en el exterior, están convocados y tienen la obligación cívica de participar.

Este proceso tiene por objeto someter a consulta de la ciudadanía la ratificación de cuatro leyes aprobadas por el pleno del congreso:

1) “Ley de reforma constitucional sobre la conformación y funciones de la Junta Nacional de Justicia”.

2) “Ley que modifica el artículo 35 de la Constitución Política del Perú para regular el financiamiento de organizaciones políticas”.

3) “Ley de reforma constitucional que prohíbe la reelección inmediata de parlamentarios de la República”.

4) “Ley que modifica diversos artículos de la Constitución Política de 1993, para establecer la bicameralidad dentro de la estructura del Congreso de la República”.

Ver Anexo DS 101-2018-PCM

Con respecto a la consulta que se realice en este Consulado, cabe precisar que sólo podrán votar quienes hayan hecho cambio de domicilio en el DNI en esta jurisdicción consular antes del 22 de octubre de 2017 (fecha de cierre del padrón electoral). Toda actualización domiciliaria realizada a partir de esta fecha no ha sido tomada en consideración en el padrón electoral vigente en este referéndum.

Quienes no puedan sufragar en este proceso de consulta, no estarán afectos a la multa electoral. Sin embargo, quienes salgan elegidos miembros de mesa titulares o suplentes sí tienen la obligación de presentarse a primera hora a la instalación de la mesa, bajo pena de multa. Se invoca a la comunidad peruana residente en esta jurisdicción consular (Comunidad de Madrid, Comunidad de Castilla la Mancha y Extremadura) a estar pendiente de los próximos comunicados de este Consulado, en los cuales se brindará mayor información sobre la manera de conocer si se es miembro de mesa y la mesa de sufragio que corresponde a cada votante.

En los casos de omisión a conformar las mesas de votación, habiendo sido designados miembro de mesa, y por causas justificadas, existe la posibilidad de obtener una dispensa. Mayor información sobre el particular puede obtenerse en el siguiente enlace:

http://www.consulado.pe/es/Dublin/tramite/Paginas/Dispensa-Electoral.aspx

Fecha Publicación: 07/11/2018