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Dispensa Electoral

El 7 de octubre se llevarán a cabo Elecciones Regionales y Municipales en el Perú. En dichos comicios sólo están obligados a votar quienes tienen su Documento Nacional de Identidad (DNI) con domicilio en el Perú. Cabe precisar que no hay votación en el exterior ni se formarán mesas de transeúntes.

Importante:
Se recuerda que la Inscripción en el Registro Consular no implica cambio de domicilio en el DNI. Esto último es producto de un trámite específico ante RENIEC, el cual debe gestionar el titular desde este Consulado General.

En consecuencia quienes mantienen su DNI con domicilio en el Perú tienen la obligación de votar en las ciudades que aparecen en dicho documento. Asimismo, se precisa que las personas que realizaron el cambio de domicilio luego del 22 de octubre de 2017, por mandato legal, no han sido incorporadas en el Padrón electoral de los presentes comicios. Por ello, si usted está en dicha situación, se le recomienda verificar si es Miembro de Mesa usando el presente enlace:


Solicitud de Excusa, Justificación o Dispensa Electoral
Frente a las próximas Elecciones municipales y regionales a realizarse el domingo 7 de octubre próximo, cumplimos con comunicar lo siguiente respecto a la multa electoral a quienes no hayan actualizado sus domicilios:

Los ciudadanos que residan en el exterior, que no hayan actualizado su domicilio al cierre del padrón electoral (22 de octubre de 2017) y que no voten en el lugar indicado en el territorio nacional son sujetos a multa por omisión al sufragio y, de ser el caso, por inasistencia a la instalación de la mesa electoral como miembro de mesa titular o suplente.

Para exonerarse del pago de la multa, se pueden presentar 3 procedimientos:​

EXCUSA
Sirve para excluirse de ejercer el cargo de miembro de mesa titular o suplente. Se presenta una solicitud en un plazo de cinco (5) días después de la publicación de la nómina de miembros de mesa, para que el Reniec pueda substituir a quienes no puedan ejercer el cargo. La lista fue publicada el pasado mes de julio. El plazo para presentar esta solicitud venció el 03 de agosto.

JUSTIFICACIÓN
Es la exoneración de la multa por la inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio como miembro de mesa titular o suplente. Se presenta la solicitud ante esta Oficina Consular a partir del día siguiente de la fecha de la elección, es decir, a partir del 08 de octubre de 2018. Tarifa por presentación de la solicitud 2,70 euros.

DISPENSA
Es la exoneración de la multa por no sufragar. Se presenta la solicitud ante esta Oficina Consular a partir del día siguiente de la fecha de la elección, es decir, a partir del 08 de octubre de 2018. Tarifa por presentación de la solicitud 3.00 Euros.

Quienes presenten una solicitud por justificación y dispensa, solo realizan un pago por presentación de la solicitud 3.00 Euros.

Se precisa que a cada falta corresponde una sanción pecuniaria, es decir, quien no asista a la instalación de la mesa de sufragio como miembro de mesa y además no vote, se hará acreedor a una multa por cada omisión.

Se puede solicitar justificación y/o dispensa por las siguientes razones que se señalan en la Resolución Nº 0461-2017-JNE (Descargar) y que a continuación puede ver en el siguiente documento:

Tabla General de Causales de Justificación y/o Dispensa Electoral​

Cabe precisar que para el caso de justificación o dispensa por enfermedad, la solicitud se puede presentar antes de los cinco (5) días naturales previos a la fecha de la elección o después del proceso electoral, presentando copia simple del certificado médico o de documento análogo expedido por alguna entidad de salud privada o pública.

Aquellos/as connacionales que deseen presentar solicitud de justificación y/o dispensa, deben contar con lo siguiente:

  1. Solicitud de Justificación y/o Dispensa Consular (Descargar impreso en formato Word)​
  2. Documento que sustenta la causal apelada para la dispensa (según tabla​)
  3. Fotocopia del Pasaporte (reverso, anverso, página donde figura entrada y salida del país)
  4. Recibo de pago por justificación y/o dispensa electoral.
Cualquier información adicional, por favor comuníquese a nuestra central telefónica 915629012, o escriba a: info@consuladoperumadrid.org

Costo
3.00 Soles Consulares (*)
3.00 Euros
(*) Un Sol Consular equivale a 1.00 Euro.
El pago se realiza en las oficinas de este Consulado

 

 

 

 

 

 

 

Central Telefónica:
+353 1 567 6951
Emergencias:
+353 (0) 833 747 747
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