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 Legalizacion de firma de particulares

La legalización de firma de particulares es efectuada por un funcionario consular, quien a pedido del solicitante, legaliza la firma consignada en su presencia sobre un documento privado (Ejemplo. Declaraciones Juradas).

Requisitos
  • Presentar el documento redactado previamente por el solicitante, sin firma (la firma será efectuada en presencia del funcionario consular encargado).
  • Tratándose de ciudadanos peruanos, deberán presentarse portando su Documento Nacional de Identidad (DNI); y, en el caso de ciudadanos extranjeros, deberán presentarse portando su pasaporte o carnet de extranjería vigentes.

Costo
25.00 Soles Consulares (*)
(*) Un Sol Consular aprox. equivale a un Dólar Americano expresado en moneda local.
Para equivalencias en moneda local, ver sección
Tarifas Consulares​

La presente información responde a casos generales. Si Ud. requiere información específica no resuelta en esta página acceder a Preguntas Frecuentes o consultarla a la Oficina Consular.

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Central Telefónica:
De 08:30 am 01:30 p.m.
De 02:30 a 04:30p.m.
973-278-3324
973-278-0166
973-278-2221
973-333-6026
Emergencias:
973-800-4252
(No se proporciona información de trámites)
Fax:
Correo Electrónico:
consulado@conpernj.org
Horario de Atención:
Lunes a Viernes de 08:30 a 1:30 p.m.

CITAS PARA:
* Visas: visas@conpernj.org
*Reg. Civiles:
registrosciviles@conpernj.org
* Poderes escritura pública:
poderes@conpernj.org
* Autorización de viaje de menor:
notariales@conpernj.org
SIN CITA
* Salvoconductos
* Trámites de DNIs
* Poder fuera de registro, legalizaciones.