Nota: De conformidad con las disposiciones
vigentes, todas las oficinas consulares del Perú en el exterior, sin excepción,
deberán respetar el 1 de enero, 28 y 29 de julio y 25 de
diciembre.
Asimismo, se observan los feriados
que el Gobierno del país sede define con alcance nacional o federal, según el
caso.
* En atención a la disposición
estatal en nuestra jurisdicción, el viernes 18 de abril (Viernes Santo) se observa como
feriado.