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De acuerdo con el DS N° 45-2024-RE, la Oficina Consular del Perú en el exterior deberá cancelar la titularidad de un pasaporte electrónico ordinario después de doscientos cuarenta (240) días calendario que el pasaporte fue entregado a la Oficina Consular y el titular o su representante legal o apoderado no lo hubiesen recogido.

VER LISTA DE PASAPORTES RECIBIDOS (FAVOR VERIFICAR LA LISTA).
 
Favor escribir a pasaportes@conpernj.org​ para mayor información.
Fecha de Publicación: 09/05/2023