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Poder Fuera de Registro y Carta Poder con Firma Legalizada

Poder fuera de Registro
Mediante esta formalidad del poder se puede facultar a una a persona a realizar sólo gestiones administrativas.  También pueden delegarse facultades para el cobro de ciertos montos de dinero, según lo permita la entidad que efectúa el pago (bancos, AFP, ONP etc.), por ello se recomienda consultar antes de su otorgamiento con la entidad pública o privada donde será presentado.

Plazo:
Tiene una vigencia de Un (1) año.

Requisitos:
  • Tratándose de ciudadanos peruanos, deberán presentarse portando su Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente; y, en el caso de ciudadanos extranjeros, deberán presentarse portando su pasaporte o carnet de extranjería vigentes.
  • Señalar los nombres, apellidos y número de documento de identidad de la persona a favor de quien se extiende el poder.
  • Describir o detallar las facultades que desea otorgar a través del poder, con indicación de la entidad o entidades donde será presentado el poder.
Costo
25.00 Soles Consulares (*)
10.00 Soles Consulares (*)(**)
(*) un Sol Consular aprox. equivale a un Dólar Americano.
Para equivalencias en moneda local, ver sección
Tarifas Consulares​


(**) Costo aplicable cuando el poder esté destinado únicamente al cobro de la pensión de jubilación del poderdante.

Carta poder con firma legalizada
Mediante este poder se puede facultar a una a persona a realizar sólo gestiones administrativas; así como para el cobro de sumas mínimas de dinero lo que deberá consultarse previamente con la autoridad que efectúa el pago (bancos, AFP, ONP etc.).  Este documento es íntegramente redactado por el otorgante y posteriormente legalizado en la Oficina Consular competente.

Plazo:
Tiene una vigencia de tres (3) meses.

Requisitos:
  • Presentar la carta poder redactada previamente por el otorgante, sin firma del otorgante  (la firma será efectuada en presencia del funcionario consular encargado).
  • Tratándose de ciudadanos peruanos, deberán presentarse portando su Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente; y, en el caso de ciudadanos extranjeros, deberán presentarse portando su pasaporte o carnet de extranjería vigentes.


Costo
 20.00 Soles Consulares (*)
 10.00 Soles Consulares (*) (**)
(*) un Sol Consular aprox. equivale a un Dólar Americano.
Para equivalencias en moneda local, ver sección
Tarifas Consulares​


(**) Costo aplicable cuando el poder esté destinado únicamente al cobro de la pensión de jubilación del poderdante.

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