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Recuperación de la nacionalidad

El artículo 3 del Decreto Supremo N° 004-2023-IN ha modificado los artículos 28°, 29° y 30° del Reglamento de la Ley de la Nacionalidad (Decreto Supremo N° 004-97-IN), estableciendo el procedimiento de Recuperación a la Nacionalidad peruana, el cual puede ser tramitado desde las oficinas consulares en el exterior.

 

Asimismo, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2023-IN se aprobó el nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia Nacional de Migraciones, detallando el procedimiento PA3500B035, que se refiere a la recuperación de la nacionalidad peruana.

Requisitos

  • Presentar el formulario: FORMULARIO PARA LA SOLICITUD DE NACIONALIZACIÓN.pdfFORMULARIO PARA LA SOLICITUD DE NACIONALIZACIÓN.pdf 
  • Presentar recibo de pago por derecho de trámite, Tributo N° 07564 - FORMULARIO PA - NACIONALIDAD, a través de la plataforma Págalo.pe​
  • Presentar copia simple del pasaporte extranjero. Puede presentar, igualmente, la copia simple de la cédula de identidad de extranjero o documento análogo vigentes, reconocidos como documento de identidad de conformidad a las normas o instrumentos internacionales de los que el Perú es parte.
  • Presentar declaración jurada sobre el domicilio real, de carecer de antecedentes penales, judiciales y policiales en el Perú y el exterior: DECLARACIÓN JURADA DE DOMICILIO Y DE CARECER DE ANTECEDENTES POLICIALES.pdfDECLARACIÓN JURADA DE DOMICILIO Y DE CARECER DE ANTECEDENTES POLICIALES.pdf

El trámite es personal y no admite intervención de un(a) apoderado(a).

La entidad responsable de la evaluación de solicitudes de recuperación de la nacionalidad peruana es la Superintendencia Nacional de Migraciones – SUNARP. El Ministerio de Relaciones Exteriores por medio de los Consulados del Perú en el exterior SÓLO actúa como intermediario.​

Para mayor información, puede ingresar a: Recuperación de la nacionalidad peruana
Central Telefónica:
Líneas atención telefónica
08:00 am - 2:00 pm
(786) 713-2401
(786) 713-2400

(786) 984-0942 (teléfono exclusivo para consultas de escrituras públicas de 2:30pm a 4:30pm)
Emergencias:
(786) 969-5990
(No se atenderán consultas sobre trámites)
Fax:
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