
Elecciones del Consejo de Consulta 2026-2027
Se informa a la comunidad peruana residente en la provincia de El Oro que, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 29495 y el Decreto Supremo N° 057-2010-RE, está abierta la convocatoria para la elección del Consejo de Consulta para el periodo 2026 – septiembre 2027.
Postulación de candidaturas
Para postular, el interesado debe enviar un correo electrónico a consulperu-machala@rree.gob.pe en el que se indique la siguiente información:
- Voluntad de postularse como candidato a miembro del Consejo de Consulta.
- Nacionalidad: Ser peruano mayor de edad al momento de postular (adjuntar copia de su DNI).
- Oportunidad: Los interesados pueden enviar sus candidaturas hasta el viernes, 11 de setiembre de 2026. Su carta será publicada en las redes sociales del Consulado General para conocimiento de la comunidad peruana.
- Domicilio: Tener DNI con dirección en la provincia de El Oro (adjuntar copia del reverso de su DNI haciendo visible su dirección).
- Prohibición:
- No puede ser funcionario o empleado del Consulado General.
- No debe registrar antecedentes penales ni policiales en el Perú ni en Ecuador (adjuntar declaración jurada, descárquela aquí).
- No haber sido sancionado con pérdida de la condición de miembro de algún Consejo de Consulta (adjuntar Declaración Jurada).
Preguntas frecuentes
- ¿Cuántas personas deben votar para que se conforme el Consejo de Consulta?
- El número mínimo de votantes necesario para validar la votación es del 3% del número total de connacionales residentes en El Oro en capacidad de votar en elecciones peruanas.
- Para 2026, el 3% de electores es de 15 ciudadanos.
- El Consejo de Consulta debe ser constituído por al menor 3 (tres) miembros.
- ¿Qué debo hacer para votar?
- Usted debe ser mayor de edad al momento de las elecciones y acercarse al lugar de votación con su DNI en original (no fotocopia) que indique su domicilio en la provincia de El Oro.
- El DNI puede estar vigente o vencido.
- ¿Cuáles son las funciones del Consejo de Consulta?
- Colaborar con el Consulado en actividades para la comunidad peruana y en obras humanitarias en el Perú.
- Apoyar y respaldar las iniciativas del jefe consular para la protección de los migrantes peruanos.
- Promover la participación ciudadana y electoral de los peruanos en el exterior.
- Difundir la imagen del Perú y de la comunidad peruana en la circunscripción consular.
- Denunciar actos de discriminación, racismo y xenofobia ante el Consulado.
- Brindar apoyo en la protección legal y asistencia a los peruanos en el exterior.
- Elaborar un Plan de Trabajo que será puesto a
consideración del Jefe de la Oficina Consular.
- Reunirse como mínimo una vez al mes con el Jefe de la Oficina Oficina Consular para transmitirle sugerencias e iniciativas de cooperación y coordinar
esfuerzos en los avances de su Plan de Trabajo.
Las actas de estas reuniones serán elaboradas por un
miembro del Consejo y deberán ser entregadas al Jefe de
la Oficina Consular en un plazo máximo de 5 días, quien
las remitirá al Ministerio de Relaciones Exteriores para
fines de registro.
- ¿Qué no puede hacer el Consejo de Consulta?
- El Consejo no constituye un órgano del
Estado Peruano ni de la Oficina Consular . Tampoco tiene la representación oficial de éstos para actuar ante las autoridades locales o terceros ni efectuar
gestiones en su nombre.
- El Consejo y/o sus Miembros no están facultados para utilizar el Gran Sello y/o Escudo del
Estado, el Pabellón Nacional ni la denominación de los
ministerios u otros organismos públicos.
- El Consejo se abstendrá de realizar
actividades de cualquier otra índole distintas a las
señaladas en la ley y el Reglamento.
-
No pueden realizar:
Actividades y/o actos políticos, partidarios y/o
proselitistas;
Actividades y/o actos de naturaleza lucrativa; actividades y/o actos en detrimento de
la imagen del Estado peruano o sus representaciones
oficiales; y Actos que contraríen o dificulten el cumplimiento de
los fines, objetivos y/o funciones del Consejo.
Proceso de elección del Consejo de Consulta
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