Se recuerda que la defunción de ciudadanos peruanos, podrá ser inscrita en las Oficinas Consulares ubicadas en el país donde ocurrió el fallecimiento.
El pedido de registro puede efectuarlo cualquier persona (peruano o extranjero) que tenga interés, luego del registro la Oficina Consular entregará una (1) copia certificada gratuita.
- Acta de defunción extranjera, copia original.
- Documento de Identidad peruano del fallecido.
- Documento de Identidad del declarante (peruano o extranjero).
La Plata, 25 de octubre 2024.