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Autorizacion de viajes de menores de edad

Es el documento extendido y autorizado por funcionario consular, mediante el cual ambos padres autorizan el viaje de su hijo menor de edad fuera del territorio peruano, para que viaje solo o acompañado por uno de ellos. Este documento es válido por una sola vez y es entregado a la autoridad migratoria peruana.

Casos Especiales
Es posible que un solo padre otorgue la autorización de viaje en los siguientes casos:
  • Cuando el otro padre haya fallecido.
  • Cuando el menor haya sido reconocido por un solo padre.
Requisitos adicionales que debe presentar en estos casos:
  • Si uno de los padres del menor ha fallecido, adjuntará copia certificada del acta de defunción correspondiente.
  • Si el menor fue reconocido por uno solo de los padres bastará su consentimiento.
Requisitos
  • La explicación del procedimiento, así como los requisitos y costos del trámite podrá encontrarlos visitando el siguiente enlace: http://www.conperginebra.ch/citas.html​
Costo
24.00 Francos Suizos



Nota

La presente información responde a casos generales. Si Ud. requiere información específica no resuelta en esta página acceder a Preguntas Frecuentes ​ o consultarla a las Oficinas Consulares.​
Central Telefónica:
+41 022 707 49 17
Emergencias:
+41 079 654 54 51 (No se absolverán consultas de trámites por este medio, solo para emergencias)
Fax:
-
Correo Electrónico:
consuladoperu@conperginebra.ch
Horario de Atención:
L-V 09:00 a 13:00 y de 14:00 a 17:00. Primer sábado de cada mes (de 9:00 a 12:00). Se atiende únicamente a aquellas personas que cuenten con una cita.
Atención al público por vía telefónica: De 09:00 a 13:00 horas.