Es el documento extendido y autorizado por funcionario consular, mediante el cual ambos padres autorizan el viaje de su hijo menor de edad fuera del territorio peruano, para que viaje solo o acompañado por uno de ellos. Este documento es válido por una sola vez y es entregado a la autoridad migratoria peruana.
Casos Especiales
Es posible que un solo padre otorgue la autorización de viaje en los siguientes casos:
- Cuando el otro padre haya fallecido.
- Cuando el menor haya sido reconocido por un solo padre.
Requisitos adicionales que debe presentar en estos casos:
- Si uno de los padres del menor ha fallecido, adjuntará copia certificada del acta de defunción correspondiente.
- Si el menor fue reconocido por uno solo de los padres bastará su consentimiento.
Requisitos
- La explicación del procedimiento, así como los requisitos y costos del trámite podrá encontrarlos visitando el siguiente enlace: http://www.conperginebra.ch/citas.html
Costo |
24.00 Francos Suizos |
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Nota
La presente información responde a casos generales. Si Ud. requiere información específica no resuelta en esta página acceder a Preguntas Frecuentes o consultarla a las Oficinas Consulares.