La tramitación de un Poder es la forma legal a través del cual una persona otorga determinadas facultades a otra, para que esta actúe
en su representación y pueda realizar ciertas actividades con consecuencias jurídicas para quien otorga el poder.
Los poderes otorgados en las Oficinas Consulares son válidos ante autoridades peruanas, por ello deben ser otorgados en los términos y forma que estas lo determinen. Existen tres tipos de poderes, los otorgados en Escritura Pública, los otorgados fuera de registro y las denominadas Carta Poder.
Poder fuera de Registro
Mediante esta formalidad del poder se puede facultar a una a persona a realizar sólo gestiones administrativas. También pueden delegarse
facultades para el cobro de ciertos montos de dinero, según lo permita la entidad que efectúa el pago (bancos, AFP, ONP etc.),
por ello se recomienda consultar antes de su otorgamiento con la entidad pública o privada donde será presentado.
Plazo:
Tiene una vigencia de Un (1) año.
Requisitos:
- La presencia del Solicitante.
- El solicitante debe presentar original y copia de su documento de identidad vigente, si es ciudadano Peruano DNI, si es ciudadano Venezolano o Residente en Venezuela Cédula de Identidad.
- Si el titular tienen mas de 70 años deben presentar un certificado médico de salud mental simple emitido por su médico.
- Del apoderado o a quien otorga el poder debe presentar copia del documento de identidad vigente, si es ciudadano peruano DNI, si es ciudadano Extranjero el Carnet de Extranjería vigente.
- Realizar el pago respectivo equivalente en BsD. a la fecha del día del trámite.
- El pago se realiza en nuestro punto de venta únicamente con tarjetas de débito de bancos Venezolanos.
- Describir o detallar las facultades que desea otorgar a través del poder, con indicación de la entidad o entidades donde será presentado el poder, se les va enviar via correo electrónico algunos modelos de acuerdo a sus requerimientos.
(**) Costo aplicable cuando el poder esté destinado únicamente al cobro de la pensión de jubilación del poderdante.
Carta poder con firma legalizada
Mediante este poder se puede facultar a una a persona a realizar sólo gestiones administrativas; así como para el cobro de sumas mínimas de dinero lo que deberá consultarse previamente con la autoridad que efectúa el pago (bancos, AFP, ONP etc.). Este documento es íntegramente redactado por el otorgante y posteriormente legalizado en la Oficina Consular competente.
Plazo:
Tiene una vigencia de tres (3) meses.
Requisitos:
- Presentar la carta poder redactada previamente por el otorgante, sin firma del otorgante (la firma será efectuada en presencia del funcionario consular encargado).
- El solicitante debe presentar original y copia de su documento de identidad vigente, si es ciudadano Peruano DNI, si es ciudadano Venezolano o Residente en Venezuela Cédula de Identidad.
- Si el titular tienen mas de 70 años deben presentar un certificado médico de salud mental simple emitido por su médico.
- Del apoderado o a quien otorga el poder debe presentar copia del documento de identidad vigente, si es ciudadano peruano DNI, si es ciudadano Extranjero el Carnet de Extranjería vigente.
Procedimiento a seguir para poder obtener una cita:
Una vez haya reunido todos los requisitos completos deberá crear un solo archivo en formato PDF, este archivo debe enviar al correo info@consulperu-caracas.com, esperar que sea evaluado y una vez aprobado su trámite se le va generar una cita la que se informaría por el mismo correo.