Es el documento extendido y autorizado por funcionario consular, mediante el cual el padre, la madre, ambos padres, el tutor o el progenitor superviviente autorizan el viaje de su(s) hijo(s) menor(es) de edad fuera del
territorio peruano, para que viaje solo o acompañado. Este documento tiene una vigencia de 90 días desde el momento que sea emitida.
Envíe los documentos escaneados a consulperu-caracas@rree.gob.pe
para recibir una cita.
COSTO:
20,00 $ (Se paga en bolívares, al tipo
de cambio aprox. del día. No se aceptan dólares)
TIEMPO DE ENTREGA: MISMO DÍA.
REQUISITOS:
- Formulario completado - obligatorio Descárguelo aquí:form.autorizacion.viaje.pdf
- Original
y copia del documento de identidad del padre/madre que autoriza el viaje Peruanos
con DNI y extranjeros con Cédula de Identidad (Vigente o vencido).
- Si
el menor viaja con tercera persona o sólo, ambos padres deben dar la
autorización.
- Original
y Copia del Acta de nacimiento certificada del menor o los menores.
- Copia
del Pasaporte o documento de viaje del menor o menores.
- Copia
del pasaporte o documento de viaje del acompañante (con quien viaja el o los
menores).
- Itinerario
del viaje del menor y su acompañante. No se requiere pasaje.
- Si el menor viaja solo o con tercera persona, la autorización de viaje debe ser otorgada por el padre y la madre.
- Si
uno de los padres del menor ha fallecido, adjuntará copia certificada del acta
de defunción correspondiente.
- Si
el menor o su acompañante no tienen pasaporte y viajan de Perú a Venezuela
deben solicitar su documento de viaje en la Embajada de Venezuela en Perú.
- En
los casos de Plan Vuelta a la Patria puede presentar cédula de identidad,
partida de nacimiento o documento de viaje del menor.
- El
día de la cita, el documento se envía online a la Cancillería en Lima donde la
persona autorizada deberá solicitar la respectiva legalización de esa
autorización. Infórmese sobre días de atención y costos en
www.rree.gob.pe/tramites consulares.