El Reconocimiento de Maternidad/Paternidad por Escritura Pública se realiza cuando un ciudadano (peruano o extranjero)
se encuentra fuera del Perú y desea reconocer a un menor peruano que ha nacido en el Perú.
Luego de efectuar el reconocimiento por Escritura Pública ante el Consulado peruano, el interesado(a) deberá remitir
dicho documento al Perú, para su legalización ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y para su posterior presentación
ante la Municipalidad o RENIEC, según donde se encuentre registrado el nacimiento del menor.
Requisitos
- Llenar el formulario que se habilitara al dar click en el boton de reserva de cita
- Adjuntar copia del acta de nacimiento.
- Adjuntar copia del DNI de la madre y/o padre que efectúa el reconocimiento.
- Adjuntar copia del DNI del apoderado (a quien o a quienes se les otorga el poder para efectuar el trámite en el Perú).
Documentos que deberá traer el día de la cita
- DNI original de la persona que desea otorgar el poder para realizar el reconocimiento en el Perú.
- Copia de la Partida de Nacimiento del hijo (a) por reconocer.
- Tiempo de duración desde que se inicia el trámite hasta su finalización: aproximadamente 1.30 horas.
- Costo: Las tarifas establecidas varían de acuerdo al tipo de poder que debe realizar (general, especial, ambos, otros),
el número de apoderados y poderdantes, así como la extensión de la minuta. En ese sentido, el precio aproximado puede
oscilar entre 120 y 150 Euros. El pago es en efectivo. No se aceptan pagos con tarjeta.
Nota Importante:
El tramite es personal. Quien otorga el reconocimiento deberá presentarse personalmente 15 minutos antes de la cita con todos los
requisitos listos.
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