“Se hace de conocimiento general que las Oficinas Consulares del Perú en el exterior continuarán, por el momento, expidiendo pasaportes con vigencia de 5 años únicamente. El Ministerio de Relaciones Exteriores viene desarrollando el proceso que permitirá las adecuaciones tecnológicas necesarias para expedir los pasaportes con las vigencias de 10 años para mayores de 18 años de edad, 5 años para menores entre 12 y 17 años y 3 años para menores entre los 0 y los 11 años, indicados en la Ley N° 31678 y el Decreto Supremo N° 002-2024-RE.
En fecha oportuna se hará conocer la posibilidad de expedir consularmente pasaportes con los tipos de vigencia antes señalados. Se recalca que los pasaportes en sus diversas modalidades, incluidos los pasaportes consulares por 5 años, son válidos hasta la fecha de vencimiento detallado en cada pasaporte”.
Todo nacional peruano, mayor o menor de edad, que se encuentre fuera del territorio peruano y que cumpla con los requisitos señalados tiene derecho a obtener un pasaporte electrónico ordinario.
La solicitud de dichos pasaportes tendrá como requisito necesario presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI) original y vigente (no se aceptarán resguardos de revalidación).
En tal sentido, se recomienda a la comunidad peruana a tener su DNI vigente, a fin de realizar dicho trámite sin contratiempos y de la forma más rápida posible.
La emisión de pasaportes biométricos ES POR CITA y procede para los siguientes casos:
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Canje del pasaporte por caducidad.
- Porque se terminaron las páginas del pasaporte.
- Por robo o pérdida.
- Por estar deteriorado.