El nacional peruano mayor de edad que se encuentre en el extranjero y que no cuente con pasaporte peruano, podrá solicitar su pasaporte electrónico ordinario en cualquier Oficina Consular del Perú en el exterior.
Requisitos
- Presencia del titular del trámite.
- Presentar DNI original y/o documento de identidad.
- Copia segunda página del pasaporte anterior.
- El pago presencial de los derechos consulares.
Mayores de edad con Discapacidad
Es necesario que comuniquen su situación por correo al solicitar la cita.
Adicionalmente a los requisitos generales, se deberá tener en cuenta los siguientes
requisitos específicos:
- El representante legal deberá presentar DNI azul original si es peruano, o documento que oficialmente lo identifique en el país donde se encuentre, si es extranjero.
- En caso de haber obtenido la declaración de curatela por autoridad peruana, se deberá presentar copia del registro de dicho nombramiento en el Registro de Personas Naturales de la Oficina Registral correspondiente de la SUNARP.
- En caso de mayores de edad con discapacidad, se deberá presentar el certificado de discapacidad que acredita la condición de persona con discapacidad. El mismo que es otorgado por todos los hospitales de los Ministerio de Salud, de Defensa y del Interior, así como el Seguro Social de Salud (ESSALUD).
- Presentar copia simple del acta de nacimiento peruana del menor, en la que se verificará la capacidad de ejercicio de la patria potestad.
- En caso de haber obtenido la declaración de autoridad extranjera, el pasaporte sólo podrá ser tramitado por la Oficina Consular del Perú en el exterior que cuente con la circunscripción en el territorio donde se haya dictaminado la representación legal del titular incapaz.
Costo |
70.00 Soles Consulares |
(*) Un Sol
Consular aprox. equivale a un Dólar Americano expresado en moneda
local. |
Entrega de Pasaportes
- Se informa que el pasaporte será entregado únicamente al titular del pasaporte o al representante legal que efectuó la solicitud.
- En el caso de menores de edad, podrá ser recogido por el padre que realizó el trámite.
- El plazo de entrega del pasaporte biométrico es de 30-45 días.
- El tiempo de espera para la entrega de los pasaportes biométricos se debe a que NO son elaborados en el Consulado.
- Los pasaportes serán entregados en el plazo establecido directamente a los solicitantes, por correo o llamada telefónica de la Sección Consular.
Nota
- El Pasaporte Biométrico tendrá una duración de cinco (5) años y no será renovable.
- Se recomienda comenzar el trámite de expedición de nuevo pasaporte previamente a los seis meses del vencimiento.
La presente
información responde a casos generales. Si usted requiere información específica
no resuelta en esta página acceder a Preguntas Frecuentes o consultarla a la Oficina Consular por correo.