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    <title>Trámites: Páginas</title>
    <link>http://www.consulado.pe/es/londres/tramite/Paginas/Forms/AllItems.aspx</link>
    <description>Fuente RSS para la lista Páginas.</description>
    <lastBuildDate>Mon, 15 Jun 2026 04:42:04 GMT</lastBuildDate>
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      <title>Trámites: Páginas</title>
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    <item>
      <title>Escrituras-publicas</title>
      <link>http://www.consulado.pe/es/londres/tramite/Paginas/Forms/DispForm.aspx?ID=17</link>
      <description><![CDATA[<div><b>Comentarios:</b> Escrituras Públicas</div>
<div><b>Contacto:</b> Cuenta del sistema</div>
<div><b>Resumen Contenido:</b> <div class="ZC_textos">Como lo haría ante una Notaria en el Perú, el funcionario consular peruano, a solicitud de un ciudadano peruano o extranjero, puede extender Escrituras Públicas que 
contengan uno o más actos jurídicos, destinadas a producir efectos legales en el Perú.
<br /><br />
Para ello, el solicitante deberá presentar la minuta correspondiente, en los casos en que la ley así lo estipula.  El caso más común de Escritura Pública, es el otorgamiento de 
poder.  Las características de este tipo de Escritura Pública pueden observarse en el siguiente enlace <a href="/es/londres/tramite/Paginas/Tramites-Notariales/Poderes.aspx" target="_blank"><strong>Poder por Escritura Pública</strong>.</a><br /><br />
<div class="mre-styleElement">Atención</div>
Con cita, habiendo cumplido con la presentación de los requisitos solicitados.<br /><br />
<div class="mre-styleElement">Requisitos</div>
<ul style="padding-left:20px">

  <li>Enviar la Minuta en formato PDF, y el contenido de la misma en formato Word (sin la firma del abogado) al correo electrónico <a href="mailto:consulperu-londres@rree.gob.pe"><strong>consulperu-londres@rree.gob.pe</strong></a>: </li>
  <ul style="padding-left:20px">
    <li>El        borrador debe estar en formato Word, respetando mayúsculas y minúsculas        (no todo en mayúsculas). </li>
    <li>Debe        contener la siguiente información: Nombres, Apellidos, estado civil,        ocupación, nacionalidad, dirección en el Reino Unido, número de DNI        (peruanos) o pasaporte (extranjeros). </li>
    <li>Si es un        extranjero que no hable español, deberá estar acompañado por un        intérprete (no es necesario que sea oficial, solo una persona con los        conocimientos suficientes de español el inglés). Por ello, agregar la        información del intérprete (nombres, apellidos, estado civil, ocupación,        nacionalidad, dirección en el Reino Unido, número de DNI si es peruano, o        pasaporte si es extranjero). Asimismo, deberá adjuntar una copia del DNI        o pasaporte del intérprete en el email en el que envíe su borrador.</li>
         <li>El correo electrónico de envío deberá indicar la ciudad en la que se registrará la Escritura Pública en el Perú, y los nombres, apellidos y número de DNI de la persona que realizará la inscripción en los Registros Públicos. </li>
         <li>Adicionalmente, el interesado debe incluir un número de contacto donde se le pueda llamar en horas de oficina.</li></ul>
<a href="/es/londres/tramite/Paginas/Otros/Formatos-y-Modelos.aspx" target="_blank"><img src="/es/londres/tramite/Documents/Formato-Modelos.png" alt="Formato-Modelos.png" style="margin:5px" /></a><br /><br />
  <li>Las Escrituras Públicas se atienden en orden de llegada y se procesan conforme cumplan con las formalidades de ley. Las citas se otorgan conforme a la disponibilidad de la agenda de este Consulado General. </li>
  <li>El pago de la tarifa consular dependerá de la extensión final del poder </li>
  <li>El día de la firma deberá acercarse al Consulado General con DNI (peruanos) o pasaporte (extranjeros) originales y vigentes. El intérprete también deberá presentarse con DNI o pasaporte.</li>
  <li>Pago por emisión del poder oscila entre £ 45 a £ 130, dependiendo del número de páginas del poder. </li>
</ul>

<div class="mre-styleElement">Casos que no requieren presentación de minuta</div>
No es exigible la minuta en cuyo caso los consulados redactan el contenido de la Escritura Pública:
<ul style="padding-left:25px">
<li>Otorgamiento, aceptación, sustitución, revocación y renuncia del poder.</li>
<li>Renuncia de nacionalidad.</li>
<li> Nombramiento de tutor y curador en los casos que puede hacerse por Escritura Pública.</li>
<li> Reconocimiento de hijos.</li>
<li> Autorización para el matrimonio de menores de edad, otorgada por quienes ejercen la patria potestad.</li>
<li> Aceptación expresa o renuncia de herencia.</li>
<li> Declaración jurada de bienes y rentas.</li>
<li> Donación de órganos y tejidos.</li>
<li> Constitución de micro y pequeñas empresas.</li>
<li> Hipoteca unilateral; y,</li>
<li> Otros que la ley señale.</li></ul>
Cabe precisar, que elevar a Escritura Pública las declaraciones que no requieren minuta para su extensión, no exime de los requisitos que correspondan según el caso.  Por otro lado, resulta pertinente sugerir al interesado poner el máximo cuidado al expresar su voluntad ante el cónsul.<br /><br />

<div class="mre-styleElement">Recomendación antes de firmar una Escritura Pública</div>
Antes de firmar la Escritura Pública preparada en la Oficina Consular, se recomienda leer cuidadosamente el contenido de la misma, verificando los datos de identificación del otorgante, así como la declaración de voluntad contenida en ella, ya que una vez firmada, 
no podrá ser modificada, alterada, ni aclarada, sino a través de otra Escritura Pública.<br /><br />

<div class="mre-styleElement">El otorgante no sabe o no puede firmar</div>
En caso el otorgante no sepa o no pueda firmar, sea ciego o tenga otro defecto que haga dudosa su capacidad de expresar libre y conscientemente su voluntad; deberá 
presentarse con un testigo que goce de plena capacidad y ejercicio de sus derechos civiles y que además, conozca el idioma castellano.  El testigo deberá concurrir a la Oficina Consular portando 
su documento de identidad conjuntamente con el solicitante (puede ser no peruano), quien colocará su huella digital sobre la escritura pública.<br /><br />

<div class="mre-styleElement">Extranjeros que no conocen el idioma castellano</div>

En el caso que el solicitante no sea inteligente en el idioma castellano, deberá intervenir además de él un intérprete, quien deberá presentarse conjuntamente con el solicitante 
a la Oficina Consular portando su documento de identidad.<br /><br />
<div align="right" class="mre_regresar">
  <a href="/es/londres/tramite/paginas/Tramites-Notariales.aspx">
    <div class="ZC_btn_regresar">Regresar​</div>
​</a>
</div>
</div>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>​ ​</p></div>
]]></description>
      <author>Cuenta del sistema</author>
      <pubDate>Sun, 28 Dec 2014 23:10:30 GMT</pubDate>
      <guid isPermaLink="true">http://www.consulado.pe/es/londres/tramite/Paginas/Forms/DispForm.aspx?ID=17</guid>
    </item>
    <item>
      <title>Pasaporte-Biometrico-Menores</title>
      <link>http://www.consulado.pe/es/londres/tramite/Paginas/Forms/DispForm.aspx?ID=34</link>
      <description><![CDATA[<div><b>Contacto:</b> Lisbeth Rosangel Antialon Quispe</div>
<div><b>Resumen Contenido:</b> <div class="ZC_textos">

<div class="mre-styleElement" style="text-align:justify"><div class="ZC_textos" style="font-weight:400"><div class="mre-styleElement">Atención</div>
<div class="mre-styleElement"><br /></div>
Puede solicitar una cita virtual a través del siguiente link:</div>
<div class="ZC_textos" style="font-weight:400"><br /></div>
<div class="ZC_textos" style="font-weight:400"><span></span><span></span><a href="https://conperlondrescitas.as.me/" target="_blank" rel="noopener noreferrer" style="display:inline-block;font-size:14px;margin:0px 0px 22px;font-family:clarkson, helvetica, sans-serif;text-align:start">https://conperlondrescitas.as.me/​</a></div></div>
<div class="mre-styleElement" style="text-align:justify">Requisitos:</div>

<ul style="padding-left:15px">
<li><p>REQUISITOS PARA LA EMISIÓN DE PASAPORTE DE MENOR DE EDAD</p>
<p>Requisitos generales:</p>
<ol>
<li>
Estar inscrito en el Registro de Nacionales del Consulado. Al momento de reservar su cita encontrará un enlace de pre-registro, el cual será completado cuando acuda al Consulado.
</li>
<li>
Presentar el DNI del menor y una copia simple de la partida de nacimiento peruana.
</li>
<li>
Si el menor fue inscrito en el Consulado General del Perú en Londres, deberá indicarlo al momento de reservar su cita.
</li>
<li>
Si el menor no cuenta con DNI, deberá solicitar previamente una cita para el trámite de DNI y, adicionalmente, presentar copia de la partida de nacimiento peruana.
</li>
<li>
Si el menor nunca ha obtenido su partida de nacimiento peruana, deberá realizar previamente dicho trámite.
</li>
<li>
Presentar copia del pasaporte anterior, de ser el caso.
</li>
<li>
Presentar el DNI de los padres peruanos.
</li>
<li>
Realizar el pago de la tarifa consular correspondiente.</li></ol></li>
<li>​Pago de la <a href="/es/londres/Documents/Tarifario_Consular_Libras.pdf" target="_blank" style="background-color:rgb(255, 255, 255)"><strong>tarifa consular</strong></a>.</li>
</ul>
<div class="mre-styleElement" style="text-align:justify">Notas:</div>
<ul style="padding-left:15px">
  <li>En caso el acta de nacimiento sea de un período  mayor a los 2 años, el tiempo de emisión del pasaporte podría extenderse hasta  la verificación correspondiente de la validez del acta de nacimiento  presentada.</li>
  <li>De conformidad con lo establecido en el artículo  23 de la Ley N° 29248, Ley del Servicio Militar, modificada por el Decreto  Legislativo N° 1146, el usuario con 17 años  cumplidos deberá haber tramitado la renovación de su DNI de mayor de edad (azul). <strong>Sin el  DNI de mayor de edad no será posible el enrolamiento de una persona con 17 años  cumplidos.<br /></strong></li></ul>
<div>​<span style="font-size:14px;font-weight:bold">Notas</span><div><ul style="padding-left:15px"></ul></div>
<p></p>
<ul><li>​El tiempo de trámite de pasaporte es de aproximadamente 30 días desde la cita. </li>
<li>La vigencia del pasaporte es de diez (10) años como máximo.</li>
<li>Una vez que usted lleve a cabo el trámite y que el pasaporte haya llegado al Consulado, recibirá un email  en el que se le avisará que su pasaporte está listo para ser recogido. </li></ul></div>

<div align="right" class="mre_regresar">
  <a href="/es/londres/tramite/Paginas/Pasaporte.aspx">
    <div class="ZC_btn_regresar">Regresar​</div>
​</a>
</div>
</div>
<br /><br />
<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
<p>​ ​​​</p></div>
]]></description>
      <author>Lisbeth Rosangel Antialon Quispe</author>
      <pubDate>Wed, 15 Jun 2016 21:46:47 GMT</pubDate>
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