En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley
Nº 29495 y su Reglamento, se convoca a elecciones del Consejo de Consulta para
el período 2024-2025 correspondiente a la circunscripción de
Vietnam.
Los Consejos de Consulta son una
expresión de la sociedad civil peruana residente en el exterior y tienen como
finalidad constituir un espacio de diálogo y cooperación entre la comunidad
peruana en el exterior y las oficinas consulares, con el objeto de contribuir y
orientar en la solución de los problemas que enfrentan los connacionales
residentes en la correspondiente circunscripción consular.
El Consejo no constituye un órgano del
Estado peruano ni de la Oficina Consular correspondiente. Tampoco conlleva la
representación oficial de éstos para actuar ante las autoridades locales o
terceros ni efectuar gestiones en su nombre, ni conlleva facultad alguna de
fiscalización de la Oficina Consular. No está facultado a utilizar sellos y/o
escudo peruano, el pabellón nacional ni la denominación de los ministerios u
otros organismos públicos de conformidad con el DS N”003-2008-PCM.
Asimismo, el Consejo se abstendrá de
realizar actividades de cualquier índole distintas a las señaladas en la Ley y
Reglamento de los Consejos de Consulta. No tiene y no puede tener, bajo ninguna
circunstancia, fines de lucro y debe ser autosuficiente en lo financiero para
la realización de sus actividades. Sus miembros son responsables
administrativa, civil y penalmente, a título individual, por los actos que
realicen como tales. Su participación no genera vínculo laboral con el Estado
peruano o la Oficina Consular ni le otorga derecho a financiación alguna por
parte del Estado peruano.
En circunscripciones de menos de cinco
mil connacionales inscritos en el padrón del Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil (RENIEC), como es el caso de la circunscripción
de Vietnam, el Consejo de Consulta deberá estar compuesto por (03) tres
connacionales elegidos por la comunidad peruana en votación convocada por el
Jefe de la Oficina Consular. Los miembros del Comité Electoral deberán ser (03)
tres connacionales debidamente inscritos en la circunscripción consular los
cuales no podrán ser candidatos para conformar el Consejo de Consulta. Tanto
los votantes, como candidatos y miembros del Comité Electoral deberán tener su
DNI vigente con dirección domiciliaria en Vietnam.
Por lo tanto, el Jefe de la Sección
Consular de la Embajada del Perú en Vietnam tiene el agrado de convocar a las
elecciones del Consejo de Consulta periodo 2024-2025 correspondiente a
esta circunscripción consular, según detalle a continuación:
Cronograma:
18 de junio de 2024:
Publicación de la Convocatoria.
Del 8 de julio al 16 de agosto de 2024:
Presentación de candidaturas para ser miembros del
Consejo. Mediante comunicación escrita dirigida al Jefe de la Sección Consular
de la Embajada del Perú en Vietnam, los interesados podrán informar su voluntad
de presentar su candidatura para ser miembros del Consejo de Consulta,
manifestando que cumplirán estrictamente con los requisitos dispuestos en el
Art. 19° del Reglamento, D.S. N° 057-2010-RE. Enviar las comunicaciones a la
dirección postal de la Sección Consular o por correo electrónico a consulate@peruembassy.vn
23 de agosto 2024:
Publicación de la lista de candidatos.
14 de setiembre de 2024:
Elección del Consejo de Consulta en el local de la
Embajada del Perú en Vietnam, según el siguiente programa:
08:30hrs.: Apertura del proceso electoral y sorteo
para conformar el Comité Electoral.
09:00hrs.: Instalación del Comité Electoral (3
ciudadanos peruanos como mínimo) y Registro de Candidaturas. Las personas que
integren el Comité Electoral no podrán postular a ser miembros del Consejo de
Consulta.
09:30 hrs.: Inicio de la votación.
16:30 hrs.: Cierre de la votación y conteo de votos
para verificar el número mínimo/escrutinio.
17:00hrs.: Proclamación de los resultados y firma del
acta.
Dirección:
Oficina 1402, Piso 14,
Edificio Cornerstone, 16 Phan Chu Trinh, Hoan Kiem, Hanoi.
Los requisitos para postular como
candidato al Consejo son:
a) Ser peruano.
b) Ser mayor de 18 años al momento de postular.
c) Estar inscrito en el RENIEC con domicilio en
la circunscripción consular. Para ello deberá presentar su DNI en original y
vigente, con dirección domiciliaria en Vietnam.
d) No ser funcionario o empleado de la oficina
consular.
e) No registrar antecedentes policiales ni penales en
el Perú o en el extranjero. Para ello deberá presentar los certificados de no
registrar antecedentes penales o policiales -de no más de 3 meses de
antigüedad- tanto del Perú como de Vietnam, o en su defecto de ellos la
presentación de una Declaración Jurada.
f) No haber sido sancionado con pérdida de la
condición de miembro de algún Consejo de Consulta. Ello deberá manifestarse a
través de una Declaración Jurada.
Para tener el derecho a voto, se requiere:
a) Ser peruano.
b) Ser mayor de 18 años al momento de elegir.
c) Estar inscrito en el RENIEC con domicilio en la
circunscripción consular. Para ello deberá obligatoriamente presentar su DNI en
original y vigente con dirección domiciliaria en Vietnam. Bajo ningún motivo se
aceptará la presentación de un DNI cuya validez haya caducado.
Marco legal vigente:
Ley de los Consejos de Consulta de las Comunidades
Peruanas en el Exterior (Ley N° 29495)
Reglamento de la Ley de los Consejos de Consulta (DS N° 057-2010-RE).
Modifican Disposición Transitoria de Reglamento de Ley
de los Consejos de Consulta de las Comunidades Peruanas en el Exterior (DS. N” 027-2012-RE)
Sección Consular
Embajada del Perú en
Vietnam