En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº
29495 y su Reglamento, se convoca a elecciones del Consejo de Consulta para el
período 2025-2026 correspondiente a la circunscripción de Vietnam.
Los Consejos de Consulta son una expresión de
la sociedad civil peruana residente en el exterior y tienen como finalidad
constituir un espacio de diálogo y cooperación entre la comunidad peruana en el
exterior y las oficinas consulares, con el objeto de contribuir y orientar en
la solución de los problemas que enfrentan los connacionales residentes en la
correspondiente circunscripción consular.
El Consejo no constituye un órgano del Estado
peruano ni de la Oficina Consular correspondiente. Tampoco conlleva la
representación oficial de éstos para actuar ante las autoridades locales o
terceros ni efectuar gestiones en su nombre, ni conlleva facultad alguna de
fiscalización de la Oficina Consular. No está facultado a utilizar sellos y/o
escudo peruano, el pabellón nacional ni la denominación de los ministerios u
otros organismos públicos de conformidad con el DS N”003-2008-PCM.
Asimismo, el Consejo se abstendrá de realizar
actividades de cualquier índole distintas a las señaladas en la Ley y
Reglamento de los Consejos de Consulta. No tiene y no puede tener, bajo ninguna
circunstancia, fines de lucro y debe ser autosuficiente en lo financiero para
la realización de sus actividades. Sus miembros son responsables
administrativa, civil y penalmente, a título individual, por los actos que
realicen como tales. Su participación no genera vínculo laboral con el Estado
peruano o la Oficina Consular ni le otorga derecho a financiación alguna por
parte del Estado peruano.
En circunscripciones de menos de cinco mil
connacionales inscritos en el padrón del Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil (RENIEC), como es el caso de la circunscripción de Vietnam, el
Consejo de Consulta deberá estar compuesto por (03) tres connacionales elegidos
por la comunidad peruana en votación convocada por el Jefe de la Oficina
Consular. Los miembros del Comité Electoral deberán ser (03) tres connacionales
debidamente inscritos en la circunscripción consular los cuales no podrán ser
candidatos para conformar el Consejo de Consulta. Tanto los votantes, como
candidatos y miembros del Comité Electoral deberán tener su DNI vigente con
dirección domiciliaria en Vietnam.
Por lo tanto, el Jefe de la Sección Consular de
la Embajada del Perú en Vietnam tiene el agrado de convocar a las elecciones
del Consejo de Consulta periodo 2025-2026 correspondiente a esta
circunscripción consular, según detalle a continuación:
Cronograma:
26 de junio de 2025:
Publicación de la Convocatoria.
Del 14 de julio al 15 de agosto de 2025:
Presentación de candidaturas para ser miembros
del Consejo. Mediante comunicación escrita dirigida al Jefe de la Sección
Consular de la Embajada del Perú en Vietnam, los interesados podrán informar su
voluntad de presentar su candidatura para ser miembros del Consejo de Consulta,
manifestando que cumplirán estrictamente con los requisitos dispuestos en el
Art. 19° del Reglamento, D.S. N° 057-2010-RE. Enviar las comunicaciones a la
dirección postal de la Sección Consular o por correo electrónico a consulate@peruembassy.vn
29 de agosto 2025:
Publicación de la lista de candidatos.
13 de setiembre de 2025:
Elección del Consejo de Consulta en el local de
la Embajada del Perú en Vietnam, según el siguiente programa:
08:30hrs.: Apertura del proceso electoral y
sorteo para conformar el Comité Electoral.
09:00hrs.: Instalación del Comité Electoral (3
ciudadanos peruanos como mínimo) y Registro de Candidaturas. Las personas que
integren el Comité Electoral no podrán postular a ser miembros del Consejo de
Consulta.
09:30 hrs.: Inicio de la votación.
16:30 hrs.: Cierre de la votación y conteo de
votos para verificar el número mínimo/escrutinio.
17:00hrs.: Proclamación de los resultados y
firma del acta.
Dirección:
Oficina 1402, Piso 14, Edificio Cornerstone, 16
Phan Chu Trinh, Hoan Kiem, Hanoi.
Los requisitos para postular
como candidato al Consejo son:
a) Ser peruano.
b) Ser mayor de 18 años al momento de postular.
c) Estar inscrito en el RENIEC con domicilio en
la circunscripción
consular. Para ello
deberá presentar su DNI en original y vigente, con dirección domiciliaria en
Vietnam.
d) No ser funcionario o empleado de la oficina
consular.
e) No registrar antecedentes policiales ni
penales en el Perú o en el extranjero. Para ello deberá presentar los
certificados de no registrar antecedentes penales o policiales -de no más de 3
meses de antigüedad- tanto del Perú como de Vietnam, o en su defecto de ellos
la presentación de una Declaración Jurada.
f) No haber sido sancionado con pérdida de la
condición de miembro de algún Consejo de Consulta. Ello deberá manifestarse a
través de una Declaración Jurada.
Para tener el derecho a voto, se
requiere:
a) Ser peruano.
b) Ser mayor de 18 años al momento de elegir.
c) Estar inscrito en el RENIEC con domicilio en
la circunscripción consular. Para ello deberá obligatoriamente presentar su DNI
en original y vigente con dirección domiciliaria en Vietnam. Bajo ningún motivo
se aceptará la presentación de un DNI cuya validez haya caducado.
Marco legal vigente:
Ley de los Consejos de Consulta de las
Comunidades Peruanas en el Exterior (Ley N° 29495)
Reglamento de la Ley de los Consejos de
Consulta (DS N°
057-2010-RE).
Modifican Disposición Transitoria de Reglamento
de Ley de los Consejos de Consulta de las Comunidades Peruanas en el Exterior
(DS. N” 027-2012-RE)
Sección Consular
Embajada del Perú en
Vietnam