La Ley Nº 30,001 tiene como finalidad facilitar el retorno de los peruanos, independientemente de su situación migratoria, mediante incentivos y acciones que propicien su adecuada reinserción económica y social y que contribuyan con la generación de empleo productivo.
La Ley contempla los siguientes beneficios:
- Beneficios Tributarios (Artículo 3 de la Ley)
Los beneficios tributarios permiten la liberación, por única vez, del pago de todo tributo que grave el internamiento en el país de los siguientes bienes:
- Menaje de casa, conforme al Reglamento de Equipaje y Menaje de Casa, aprobado por Decreto Supremo 016-2006-EF, y las normas complementarias que se emitan para facilitar el retorno de los peruanos migrantes, hasta por treinta mil dólares americanos (USD 30 000, 00).
- Un (01) vehículo automotor, hasta por un máximo de treinta mil dólares americanos (USD 30,000.00), según la tabla de valores referenciales de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), siempre que se cumpla con la normatividad vigente. Se recomienda leer detalladamente el siguiente enlace:
http://www.sunat.gob.pe/orientacionaduanera/incentivosmigratorios/
bienes_liberados.html
- Instrumentos, maquinarias, equipos, bienes de capital y demás bienes que usen en el desempeño de su trabajo, profesión, oficio o actividad empresarial, hasta por un máximo de ciento cincuenta mil dólares americanos (USD 150,000.00), siempre que se presenten un perfil de proyecto destinado a un área productiva vinculada directamente al desarrollo de su trabajo, profesión, oficio o empresa que pretendan desarrollar en el país, o se trate de científicos o investigadores debidamente acreditados. Existen restricciones para equipo usado médico dentales.
La información detallada sobre el procedimiento para obtener efectivamente los beneficios tributarios, la puede encontrar en el siguiente enlace:
http://www.sunat.gob.pe/orientacionaduanera/incentivosmigratorios/
- Beneficios Socioeconómicos:
- Monitorea el proceso de reinserción socioeconómica de los peruanos retornantes y su núcleo familiar.
- Acceso a la capacitación para el trabajo y el emprendimiento, entre otros servicios brindados por parte de la VUPE (Ventanilla Única de Promoción del Empleo); y al programa laboral Vamos Perú, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), con los requisitos correspondientes.
- Facilita la certificación de las personas en lo referido a los procesos educativos de la educación básica, comunitaria, superior y técnico productiva.
- Facilita el reconocimiento académico en el sistema educativo nacional de los estudios efectuados en el exterior, así como también de los grados y títulos, diplomas o certificaciones obtenidos para el ejercicio profesional o técnico de los retornados, conforme la normatividad correspondiente, a los principios de simplificación administrativa y a los convenios celebrados por el Estado peruano. Asimismo, facilita la revalidación de grados y títulos obtenidos en el extranjero.
- Orientación necesaria a todos los Migrantes Retornados para que puedan solicitar en PRONABEC (Programa Nacional de Becas y Créditos Educativos) un crédito educativo a favor de la obtención de grados y títulos de posgrado.
- Fortalecimiento de los mecanismos de reconocimiento de las competencias adquiridas a través de la experiencia laboral, mediante los servicios de certificación de competencias laborales que impulsa el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
- Información y asesoría para facilitar el acceso al crédito a los migrantes retornados que quieran impulsar negocios en el país, así como orientación y capacitación en la implementación de los mismos. Esta Ley no contempla ni gestiona préstamos ni avales ante entidades financieras a favor de los migrantes retornados.
- Capacitación y asistencia técnica a los migrantes que deseen emprender microempresas.
- Información y asesoría para acceso a los beneficios de los convenios internacionales sobre Seguridad Social vigentes para el Perú.
- Información y asesoría para facilitar el acceso al régimen semicontributivo del Seguro Integral de Salud (SIS).
- Orientación sobre programas del Fondo MIVIVIENDA S.A.
- Facilita el canje de la licencia de conducir expedida en otro país por una clase y categoría equivalente.
- Acceso a atención psicológica y social para el migrante y su núcleo familiar.
- Propiciar la celebración de Convenios de programas productivos que faciliten el retorno.
- Promueve políticas y programas para el retorno y permanencia de científicos e investigadores peruanos que radican en el extranjero.
- Posibilidad de acceso a programas sociales y subsidios dirigidos a contrarrestar la vulnerabilidad socioeconómica si fuera el caso (Art. 6 de la Ley N°30001).
Para información detallada de los requisitos para obtener los beneficios socio económico contactarse con los funcionarios encargados de la Ley del Retorno en cada sector o entidad.
Puede encontrar los datos de contacto en el siguiente enlace:
http://leydelretorno.rree.gob.pe/index.php/contactenos
Requisitos para acceder a los beneficios de la Ley
- Haber residido en el exterior sin interrupciones un mínimo de 4 años si se desea acceder a los beneficios tributarios.
- Haber residido en el exterior sin interrupciones un mínimo de 3 años para acceder solo a los beneficios sociales.
- Haber residido 2 años en el exterior sin interrupciones. Este plazo solo aplica a los peruanos que hayan sido forzados a retornar por el Estado Receptor.
Oportunidad para acogerse
Se debe manifestar la intención de acogerse a la Ley dentro de los 90 días hábiles anteriores a su retorno si se presenta la solicitud ante una Oficina Consular (exterior), o posteriores si se presenta la solicitud ante las Oficinas del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Documentos a presentar en la Oficina Consular o el Ministerio de Relaciones Exteriores
Los expedientes presentados deben contener los siguientes documentos:
- Formulario R1 debidamente firmado (Ir al formulario).
- Declaración Jurada legalizada por funcionario consular (exterior).
- Copia legible de DNI vigente.
- Fotografía tamaño pasaporte.
- Solicitud de acogimiento.
Para mayor información acerca del procedimiento de acogimiento a la Ley puede llamar al 00511 2043276, visualizar el Portal de la Ley:
http://leydelretorno.rree.gob.pe o, si se encuentra en el Perú, acercarse al Módulo de Orientación e Información ubicado en el Jirón Ucayali 337, Lima.