Si usted tiene hijos nacidos en el extranjero, cuyo padre o madre son peruanos, puede inscribirlos en el Registro de Nacimientos en las Oficinas Consulares del país de nacimiento.
La
solicitud de registro puede ser presentada por el padre y/o madre del menor. En caso de imposibilidad comprobada o fallecimiento de los padres, podrán solicitar la inscripción las siguientes personas, en el orden indicado: los abuelos; los hermanos mayores de edad; los tíos consanguíneos; o cualquier persona o entidad que tenga la tenencia legal del menor.
Es posible
realizar la inscripción de hijos peruanos por nacimiento
hasta la tercera generación (nietos). El menor no debe haber sido previamente inscrito en otra Oficina Consular o en el Perú.
Cabe señalar que la inscripción no procede en el caso de hijos adoptados en el extranjero por nacionales peruanos.
Requisitos
- Solicitud de inscripción suscrita por el o los declarantes.
- Partida de Nacimiento del menor, emitida por la autoridad local competente y su traducción al castellano, en caso sea necesario.
- Documento de identidad de los padres y/o declarantes. En el caso de peruanos, deberán identificarse con DNI.
- Documento que acredite que el padre o la madre es “peruano por nacimiento”.
- Acta de nacimiento extranjera, donde se compruebe la paternidad/maternidad del(los) progenitor(es) solicitantes.
Costo
Gratis