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Nacimientos

Menores de 18 años

Los menores de edad, nacidos en el exterior, hijos de padre o madre peruanos, pueden ser inscritos en el Registro de Nacimientos de las Oficinas Consulares ubicadas en el país donde ocurrió el nacimiento

Requisitos
  • Presencia del progenitor peruano(a), identificado con su DNI.
    • Si el pedido es de ambos padres de nacionalidad peruana, deberán presentar sus DNI .
    • Si el pedido es de ambos padres y uno de ellos es peruano, deberá presentar su DNI, mientras que el padre/madre extranjero, deberá presentar el documento con el que las autoridades extranjeras del país, donde se solicita el registro, lo identifiquen.
    • El registro nunca podrá efectuarse a pedido del padre o madre extranjero únicamente.
  • Copia de los documentos de identidad del(los) progenitor(es) que soliciten el registro.
  • Acta de nacimiento extranjera, donde se compruebe la paternidad/maternidad del(los) progenitor(es) solicitantes.
Nota
  • Los ciudadanos nacionalizados peruanos (ciudadanos extranjeros que obtuvieron la nacionalidad peruana por residencia o matrimonio), no podrán registrar el nacimiento de sus hijos en las Oficinas Consulares.
  • Luego del Registro, la Oficina Consular entregará una (1) copia certificada de la partida, de este sin costo.
Plazos:
  • El registro de nacimiento debe efectuarse antes del cumplimiento de la mayoría de edad (18 años de edad) del menor.
Costo
Gratis


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Mayores de 18 años

Los mayores de edad nacidos en el exterior, hijos de padre o madre peruanos, pueden inscribirse en el Registro de Nacimientos de las Oficinas Consulares ubicadas en el país donde ocurrió el nacimiento.

También pueden inscribirse en las Oficinas Registrales de RENIEC en el Perú cuando los interesados se encuentren en territorio nacional.

Requisitos
  • Solicitud de inscripción suscrita por: ambos padres, uno de ellos, o el titular *
  • Declaración Jurada de no haber inscrito el nacimiento en otra Oficina Consular o en el Perú *
  • Partida de Nacimiento original del titular con una antigüedad no mayor a seis meses emitida por la autoridad estadounidense competente y traducida al castellano.
  • Partida de nacimiento, DNI o Título de Peruano Nacido en el Extranjero de padres o abuelos, que acredite la nacionalidad peruana por nacimiento hasta la tercera generación:
  • Documentos de identidad de los padres y/o declarantes: DNI para padre y madre peruanos; documento de identidad (ID o pasaporte) para extranjeros.
  • Declaración Jurada que precise que se trata de la inscripción de un hijo de “peruano por nacimiento de no más de tercera generación” *
*Los formularios 1,2 y 6 serán proporcionados por el Consulado y llenados durante el trámite.

Los declarantes pueden ser:
  • Ambos padres;
  • Cualquiera de los dos padres, al margen de su nacionalidad;
  • El titular.
Nota
  • Si el interesado no puede presentarse a solicitar la inscripción de su nacimiento, éste podría otorgar un poder simple a favor de uno de los padres o declarantes.
  • Este derecho es reconocido a los descendientes hasta la “tercera generación”, es decir a los nietos consanguíneos.
  • Luego del Registro, la Oficina Consular entregará una (1) copia certificada gratuita de la partida. Toda copia adicional tiene la tarifa de S/. 6 soles consulares.
Procedimiento


Costo
Gratis


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