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 Asistencia Legal y Humanitaria

La Oficina Consular prestará asistencia legal y humanitaria a los peruanos en el exterior en los siguientes casos:

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Repatriación en Caso de Desastres y Emergencia
Los consulados, en coordinación con los sectores nacionales competentes, así como con las autoridades de los países de acogida, intervienen en apoyo a los connacionales en los casos de evacuación por razones de catástrofe natural o emergencia. En caso de desastre o emergencia se deberá seguir las siguientes indicaciones:
  • Comunicarse con el teléfono de emergencia de la Misión Consular.
  • Colaborar con el registro de peruanos damnificados.
  • Seguir con las instrucciones de las autoridades locales de Defensa Civil o similares.

Repatriación de Restos Mortales y de Personas en Estado de Indigencia y Necesidad Extrema
  • El connacional o familiares deben comunicarse con la Oficina Consular correspondiente o con la Dirección de Protección y Asistencia al Nacional del Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Presentar la documentación que acredite el estado de indigencia.
  • Dicha subvención económica será proporcionada de acuerdo a la disponibilidad presupuestal e imposibilidad de recurrir y hacer uso de alguna otra fuente de asistencia humanitaria.

Asistencia a Detenidos en el Exterior
El consulado velará por el respeto del debido proceso y derechos fundamentales del connacional procesado, así como gestionar la representación de un abogado de oficio e intérprete, si fuere el caso.
  • El connacional o familiares deben proporcionar a la Dirección de Protección de Asistencia al Nacional toda la información necesaria como: datos del detenido y nombre del centro de reclusión entre otras informaciones.
  • Los funcionarios consulares realizarán visitas periódicas a los centros de detención con el fin de dar seguimiento al proceso judicial, conocer el estado de salud de los connacionales detenidos y, de ser el caso, gestionar otros trámites administrativos.

Ubicación de Familiares en el Exterior
A solicitud de un familiar directo o autoridad, la Dirección de Protección de Asistencia al Nacional apoyará en la búsqueda de un nacional peruano en el exterior. El proceso de búsqueda se realiza con la ayuda de las Oficinas Consulares peruanas, las que verifican en sus Registro de Nacionales *. Dependiendo del derecho de privacidad según el país, se puede requerir información a las autoridades locales competentes.
Para ello, se debe tener en cuenta el siguiente procedimiento:
  • Presentar ante la Dirección de Protección y Asistencia al Nacional del Ministerio de Relaciones Exteriores una solicitud en donde se deberá especificar: Nombre completo del familiar, último domicilio y teléfonos conocidos, fecha de ingreso a territorio extranjero y otros datos que contribuyan a la ubicación del connacional.
  • (*) Cabe precisar, que el acceso a la información contenida en la fichas de inscripción del Registros de Nacionales sin el consentimiento del titular, debe respaldarse en un mandato judicial expreso.
La presente información responde a casos generales. Si usted requiere información específica no resuelta en esta página deberá consultarla a la oficina consular respectiva.
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Central Telefónica:
(1) (415) 362-5185
Emergencias:
(1) (415) 290-5349 (No se proporciona información de trámites)
Fax:
(415) 644-5613
Correo Electrónico:
informacion@conpersf.com
Horario de Atención:
De Lunes a Viernes
de 09:00 - 14:00 horas

TODOS LOS TRÁMITES REQUIEREN CITA. SOLICÍTELA A:

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