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La Nacionalida Peruana

La Constitución Política del Perú, aprobada en 1993, establece en su artículo 52 lo siguiente:
"Son peruanos por nacimiento los nacidos en el territorio de la República. También lo son los nacidos en el exterior de padre o madre peruanos, inscritos en el registro correspondiente durante su minoría de edad.
Son asimismo peruanos los que adquieren la nacionalidad por naturalización o por opción, siempre que tengan residencia en el Perú."


Y en su artículo 53 dice:
"La ley regula las formas en que se adquiere o recupera la nacionalidad. La nacionalidad peruana no se pierde, salvo por renuncia expresa ante autoridad peruana."

De ahí resulta, que el Perú acepta doble y hasta múltiple nacionalidad, porque "la nacionalidad peruana no se pierde".
Por otro lado, la Ley de Nacionalidad, Ley No. 26574, dada el 21 de diciembre de 1995, "regula los vínculos jurídicos, políticos y sociales concernientes a la nacionalidad peruana, de acuerdo con los preceptos de la Constitución Política y los Tratados celebrados por el Estado y en vigor" (artículo 1 de la Ley de Nacionalidad).
  
La Doble Nacionalidad

La Constitución Política del Perú de 1993 establece lo siguiente:

"Artículo 52°.- Nacionalidad: Son peruanos por nacimiento los nacidos en el territorio de la República. También lo son los nacidos en el exterior de padre o madre peruanos, inscritos en el registro correspondiente durante su minoría de edad. Son asimismo peruanos los que adquieren la nacionalidad por naturalización o por opción, siempre que tengan residencia en el Perú."

"Artículo 53°.- Adquisición y renuncia de la nacionalidad. La ley regula las formas en que se adquiere o recupera la nacionalidad. La nacionalidad peruana no se pierde, salvo por renuncia expresa ante autoridad peruana."

La  Ley de Nacionalidad Nº 26574 trata en su Capítulo IV de la doble nacionalidad y establece sobre el tema:

"Artículo 9º: Los peruanos de nacimiento que adoptan la nacionalidad de otro país no pierden su nacionalidad, salvo que hagan renuncia expresa de ella ante autoridad competente."

"Artículo 10º: Las personas que gozan de doble nacionalidad, ejercitan los derechos y obligaciones de la nacionalidad del país donde domicilian (y cuya nacionalidad poseen)."

"Artículo 11º: La doble nacionalidad no confiere a los extranjeros que se naturalicen, derechos privativos de los peruanos por nacimiento. Los peruanos por nacimiento que gozan de doble nacionalidad, no pierden los derechos privativos que les concede la Constitución."

El Reglamento de la Ley de Nacionalidad (Decreto Supremo No. 004-97-IN) "establece normas y procedimientos relacionados a los vínculos jurídicos, políticos y sociales concernientes a la obtención de la nacionalidad peruana de acuerdo con los preceptos de la Constitución Política y los Tratados celebrados por el Estado Peruano con otras Naciones y en vigor ...." (Artículo 1º del Reglamento de la Ley de Nacionalidad).
conformidad con el Artículo 2º de dicho Reglamento – "Corresponde a la Superintendencia Nacional de Migraciones ejercer la jurisdicción y competencia en lo relativo a los asuntos de migración, nacionalidad, y de naturalización en el orden administrativo." Su página web es la siguiente: www.migraciones.gob.pe

La legislación alemana establece requisitos específicos para obtener la doble o multiple nacionalidad. Consulte la ley de nacionalidad alemana en la página web: http://www.bmi.bund.de

La legislación alemana recientemente se ha modificado y permite la doble nacionalidad para personas que cumplen ciertos criterios. Consulte la siguiente página web sobre el tema:

http://www.bmi.bund.de/DE/Themen/Migration-Integration/Optionspflicht/optionspflicht_node.html
  
Renuncia a la Nacionalidad Peruana

Según Decreto Supremo  Nº 002-2021-IN que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1350.

Requisitos:
  • Ser mayor de 18 años
  • Presencia física del solicitante
  • DNI peruano
  • Pasaporte peruano
  • Libreta Militar (en caso de poseer una)
  • Haber obtenido otra nacionalidad, debe presentar su Pasaporte o Documento de Identidad Extranjero
  • Llenar la solicitud-renuncia-nacionalidad.pdfsolicitud-renuncia-nacionalidad.pdf   (hacer clic para descargar)
  • Comprobante de pago de sus deudas electorales, en caso de ser aplicable
Procedimiento:

Envíe en copia todos los requisitos por email a: info@conperumunich.de. Especifique su dirección actual, teléfono y correo electrónico para que el Consulado General pueda comunicarse con usted de ser el caso.

Después de enviar sus documentos, debe reservar una cita en el portal:

www.bookeo.com/conperumunich​

El día de su cita debe traer todos los documentos antes mencionados en original. Todos los documentos en original se quedarán en el Consulado, excepto los documentos extranjeros.


El procedimiento toma entre uno y dos meses, dependiendo del orden de llegada y la cantidad de solicitudes.

Observaciones Importantes y Requisitos Adicionales:
La renuncia es solicitada por las autoridades alemanas de acuerdo a su legislación. No es un requisito de las autoridades peruanas.

El Consulado General solo puede utilizar los datos que figuran en su DNI, especialmente nombres y apellidos completos y su estado civil. En caso que haya divergencia con los datos de su otra nacionalidad debe asegurarse con las autoridades correspondientes que sus documentos figuren como en su DNI. (La dirección no es importante).

Es un requisito obligatorio que todo ciudadano peruano que tenga multas por temas electorales, debe cancelarlas antes de la renuncia. Consulte la página web del Jurando Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe) para conocer si tiene multas.

La renuncia solo es facultad de los adultos. Los menores de edad no pueden renuncian por voluntad propia.

Para más información consulte la Ley de Nacionalidad del Perú: http://www.reniec.gob.pe/portal/html/rrcc/ley26574.html

El día de su renuncia usted firmará:
  • Una escritura pública notarial, se queda en el Consulado General. (60,00 €)
y recibirá:
  • Dos certificados que confirman su renuncia a la nacionalidad peruana:
    • 1 certificado en castellano. (para su registro) (25,00 €)
    • 1 certificado en alemán. (para continuar con su trámite de nacionalización  ante las autoridades alemanas) (25,00 €)
Valor Total del Tramite: 110,00 € 

Recuperación de la Nacionalidad Peruana:


De acuerdo a la legislación peruana, es posible recuperar la nacionalidad peruana. Sin embargo, siendo que es ahora ciudadano/a extranjero (no peruano), primero debe consultar formalmente con las autoridades su país, si su legislación le permite asumir una segunda nacionalidad. Solo luego de tener esa conformidad, puede realizar el trámite en el Perú.