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La nacionalidad peruana

La Constitución Política del Perú, aprobada en 1993, establece en su artículo 52 lo siguiente:
"Son peruanos por nacimiento los nacidos en el territorio de la República. También lo son los nacidos en el exterior de padre o madre peruanos, inscritos en el registro correspondiente durante su minoría de edad.
Son asimismo peruanos los que adquieren la nacionalidad por naturalización o por opción, siempre que tengan residencia en el Perú."


Y en su artículo 53 dice:
"La ley regula las formas en que se adquiere o recupera la nacionalidad. La nacionalidad peruana no se pierde, salvo por renuncia expresa ante autoridad peruana."

De ahí resulta, que el Perú acepta doble y hasta múltiple nacionalidad, porque "la nacionalidad peruana no se pierde".
Por otro lado, la Ley de Nacionalidad, Ley No. 26574, dada el 21 de diciembre de 1995, "regula los vínculos jurídicos, políticos y sociales concernientes a la nacionalidad peruana, de acuerdo con los preceptos de la Constitución Política y los Tratados celebrados por el Estado y en vigor" (artículo 1 de la Ley de Nacionalidad).
  
Desde la entrada en vigor de la modificación de la ley de nacionalidad alemana, no es necesario renunciar a la nacionalidad peruana para adquirir la nacionalidad alemana. 

Dicha modificación hace posible tener múltiples nacionalidades a los ciudadanos alemanes. Ello incluye a los nacidos como peruanos que renunciaron a la nacionalidad, quienes ahora pueden recuperar la nacionalidad peruana en Migraciones.

Pueden encontrar los requisitos para la recuperación de la nacionalidad peruana en la página web de Migraciones, en el siguiente enlace:


Requisitos:
1. Declarar la voluntad de recuperar la nacionalidad peruana mediante una solicitud escrita dirigida a la Superintendencia Nacional de Migraciones.
2. Formulario PA - Nacionalización (ver enlace).
3. Abonar el derecho de trámite mediante el tributo N° 07564 - FORMULARIO PA – NACIONALIDAD, a través de la plataforma Págalo.pe
4. Copia certificada del acta o partida de nacimiento del solicitante, emitida por la autoridad peruana competente.
5. Presentar copia simple del pasaporte. Puede presentar, igualmente, la copia simple de la cédula de identidad de extranjero o documento análogo vigentes, reconocidos como documento de identidad de conformidad a las normas o instrumentos internacionales de los que el Perú es parte. (No aplica si el solicitante no ha obtenido una nueva nacionalidad después de renunciar a la peruana o en casos de apatridia)
6. Presentar declaración jurada sobre el domicilio real, de carecer de antecedentes penales, judiciales y policiales en el Perú y el exterior (ver enlace).
7. Presentar declaración jurada de encontrarse en cumplimiento de las condiciones y requisitos que fueran presentados en la prórroga de residencia o cambio de calidad migratoria, caso contrario presentar copia simple de los documentos actualizados que sustenten dicho cambio. (ver enlace)​.

El trámite es personal y no admite intervención de apoderado. Una vez recibida la documentación necesaria, el funcionario consular la remite a la Sub-dirección de Trámites Consulares de la Cancillería, que posteriormente la envía a la Superintendencia Nacional de Migraciones. La derivación de la solicitud presentada ante las Oficinas Consulares certifica la validez de las firmas de los documentos emitidos en el exterior.

Es importante destacar que la entidad responsable de la evaluación de solicitudes de recuperación de la nacionalidad peruana es la Superintendencia Nacional de Migraciones. El Ministerio de Relaciones Exteriores actúa como intermediario cuando dichas solicitudes se realizan desde el extranjero.


Pueden realizar la solicitud desde la web de Migraciones o dejar los documentos en este Consulado General (dejarlos personalmente de lunes a viernes de 09:00 a 13:00, sin cita, o enviarlos por correo postal).

  
Importante: Desde la entrada en vigor de la modificación de la ley de nacionalidad alemana, ya no es necesario renunciar a la nacionalidad peruana para adquirir la nacionalidad alemana.*


Renuncia a la Nacionalidad Peruana

Según Decreto Supremo  Nº 002-2021-IN que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1350.

Requisitos:
  • Ser mayor de 18 años
  • Presencia física del solicitante
  • DNI peruano
  • Pasaporte peruano
  • Libreta Militar (en caso de poseer una)
  • Haber obtenido otra nacionalidad, debe presentar su Pasaporte o Documento de Identidad Extranjero
  • Llenar la solicitud-renuncia-nacionalidad.pdfsolicitud-renuncia-nacionalidad.pdf   (hacer clic para descargar)
  • Comprobante de pago de sus deudas electorales, en caso de ser aplicable
Procedimiento:

Envíe en copia todos los requisitos por email a: info@conperumunich.de. Especifique su dirección actual, teléfono y correo electrónico para que el Consulado General pueda comunicarse con usted de ser el caso.

Después de enviar sus documentos, debe reservar una cita en el portal:

www.bookeo.com/conperumunich​

El día de su cita debe traer todos los documentos antes mencionados en original. Todos los documentos en original se quedarán en el Consulado, excepto los documentos extranjeros.


El procedimiento toma entre uno y dos meses, dependiendo del orden de llegada y la cantidad de solicitudes.

Observaciones Importantes y Requisitos Adicionales:
La renuncia es solicitada por las autoridades alemanas de acuerdo a su legislación. No es un requisito de las autoridades peruanas.

El Consulado General solo puede utilizar los datos que figuran en su DNI, especialmente nombres y apellidos completos y su estado civil. En caso que haya divergencia con los datos de su otra nacionalidad debe asegurarse con las autoridades correspondientes que sus documentos figuren como en su DNI. (La dirección no es importante).

Es un requisito obligatorio que todo ciudadano peruano que tenga multas por temas electorales, debe cancelarlas antes de la renuncia. Consulte la página web del Jurando Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe) para conocer si tiene multas.

La renuncia solo es facultad de los adultos. Los menores de edad no pueden renuncian por voluntad propia.

Para más información consulte la Ley de Nacionalidad del Perú: http://www.reniec.gob.pe/portal/html/rrcc/ley26574.html

El día de su renuncia usted firmará:
  • Una escritura pública notarial, se queda en el Consulado General. (60,00 €)
y recibirá:
  • Dos certificados que confirman su renuncia a la nacionalidad peruana:
    • 1 certificado en castellano. (para su registro) (25,00 €)
    • 1 certificado en alemán. (para continuar con su trámite de nacionalización  ante las autoridades alemanas) (25,00 €)
Valor Total del Tramite: 110,00 € 

Recuperación de la Nacionalidad Peruana:


De acuerdo a la legislación peruana, es posible recuperar la nacionalidad peruana. Sin embargo, siendo que es ahora ciudadano/a extranjero (no peruano), primero debe consultar formalmente con las autoridades su país, si su legislación le permite asumir una segunda nacionalidad. Solo luego de tener esa conformidad, puede realizar el trámite en el Perú.