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Título

REQUISITOS PARA OTORGAR TESTAMENTO POR ESCRITURA PUBLICA

Descripción

Testamento. El testamento es un acto jurídico de carácter unilateral que contiene la declaración de voluntad de una persona (testador) respecto a la institución de sus herederos o legatarios sobre la disposición de sus bienes (muebles e inmuebles), posesiones y derechos, así como de otros actos no patrimoniales.

 

Teniendo ello en cuenta, a continuación se detallan los requisitos y formalidades que se requieren para la elaboración de un Testamento por Escritura Pública:

1. Presencia de la persona que otorga el  testamento (testador) portando original del DNI vigente. (Nota.- El pasaporte peruano no se acepta como documento probatoria de la identidad)

2. Estar en pleno uso de las facultades mentales, las que serán corroboradas por el Funcionario Consular

3. Presencia de dos testigos, quienes deberán presentarse portando  su DNI vigente o, tratándose de extranjeros, pasaporte vigente.

4. Nombres y apellidos completos de los herederos y sus respectivos números de DNI.

5.  Relación de Bienes muebles e inmuebles que conforman la masa hereditaria y la descripción de cómo serán distribuidos los bienes que la conforman, si los hubiere.

6. Partida de Matrimonio, si el testador fuere casado.

7. Partida de Nacimiento de los hijos si los tuviese.

8. Partida de Nacimiento del testador en caso sea soltero y no tenga hijos.

9. Partida de Defunción de los padres del testador en caso hayan fallecido, además de las partidas que acrediten el parentesco entre el testador y sus herederos, cuando sea soltero y sin hijos.

10. Documento que acredite la propiedad de los bienes detallados en la lista. (Por ejemplo: Testimonio de compra venta de inmueble si se trata de propiedad no inscrita, copia literal actualizada si se trata de inmueble inscrito, copia de la tarjeta de propiedad del vehículo, etc. En el caso de los bienes muebles no es necesario acreditar la propiedad, salvo que se trate de bienes inscritos o de acciones de una sociedad).

 

Toda la documentación deberá ser adelantada por vía electrónica al correo conperla@outlook.com, solicitando la expedición del Testamento, acompañados de una relación de la distribución de los bienes respecto a los herederos. Además de la información personal del testador, como nombre y DNI, se deberá añadir también la correspondiente a ocupación, domicilio y número de teléfono para contactarle y coordinar una cita, la cual será asignada respetando el orden de presentación de la solicitud  y teniendo en cuenta la disponibilidad de tiempo de la Oficina Consular.

 

Por la naturaleza y solemnidad del acto, el tiempo de la elaboración de un testamento es variable y su elaboración puede tomar varias horas, no pudiendo ser interrumpido desde el comienzo hasta su conclusión.

 

Base legalartículo 696º y siguientes del Código Civil y artículos 469º, 503º del Reglamento Consular.​​

Fecha

13/01/2016

Datos adjuntos

Creado el 13/01/2016 12:49 p.m. por Gerardo Angel Rodríguez Ignacio
Última modificación realizada el 13/01/2016 12:49 p.m. por Gerardo Angel Rodríguez Ignacio